BOC - 2012/021. Martes 31 de Enero de 2012 - 502

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

502 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 19 de enero de 2012, sobre delegación de la competencia para remitir los anuncios emitidos en el área tributaria para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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La competencia para la remisión a la Secretaría General Técnica de la Consejería responsable del Boletín Oficial de Canarias, de los anuncios de las notificaciones en materia de aplicación de los tributos, fue delegada mediante Resolución de 3 de enero de 2012, de esta Secretaría en el titular del Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa.

La reciente provisión del puesto de trabajo correspondiente al Servicio Central de Información por su titular motiva la revocación de la delegación de dicha competencia en el titular del Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa, al ser aquella la unidad más idónea para realizar tal actuación, en atención a las funciones atribuidas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las facultades que tengo conferidas,

D I S P O N G O:

Primero.- Revocar la delegación en el titular del Servicio Central de Asistencia Tributaria y Coordinación Normativa de la competencia para la remisión, a la Secretaría General Técnica de la Consejería responsable del Boletín Oficial de Canarias, de los anuncios de las notificaciones en materia de aplicación de los tributos.

Segundo.- Delegar en el titular del Servicio Central de Información la competencia para la remisión, a la Secretaria General Técnica de la Consejería responsable del Boletín Oficial de Canarias, de los anuncios de las notificaciones en materia de aplicación de los tributos.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de las delegaciones indicarán esta circunstancia, haciendo mención expresa a la autoridad de procedencia así como a la presente Orden, y se entenderán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.- La presente delegación se adopta sin perjuicio de las facultades de avocación y revocación que ostenta el órgano delegante, de conformidad con la normativa vigente.

Quinto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2012.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.



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