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BOC-A-2011-245-6536.
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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a D. Federico Guillermo Sánchez Daviu, de requerimiento de fecha 3 de noviembre de 2011, y número de registro 598053, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Asunto: requerimiento solicitud de subvención.
En relación con su solicitud de fecha 5 de septiembre de 2011, registrada de entrada en estas dependencias el día 5 de septiembre de 2011, con el número de registro 917016, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente ante el Servicio Canario de Empleo la siguiente documentación:
- Certificación de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, ya que la información recabada por el Servicio Canario de Empleo, en fecha 27 de octubre de 2011, indica "Sí tiene reclamaciones de deuda vigente".
- Certificación de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal, ya que la información recabada por el Servicio Canario de Empleo, en fecha 31 de octubre de 2011, indica "Negativo. Existencia de deuda tributaria".
Igualmente, se le requiere la siguiente documentación, correspondiente a la parte justificativa de la inversión:
- Justificante de pago de la factura de "Ste Mor Distribuciones, S.L.", nº 13710A, por importe de 2.709,00 euros.
- Justificante de pago de la factura de "Ste Mor Distribuciones, S.L.", nº 12768A, por importe de 732,86 euros.
- Movimiento bancario en el que se refleje el cobro de la factura de "IKEA", nº f-sa-tf-2011-004355, por importe de 34,35 euros, toda vez que ha sido pagada con tarjeta interna.
- Justificante de pago de la factura de "GM Publicidad", nº 0487, por importe de 172,00 euros.
La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.
Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [LRJ-PAC], le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- Santa Cruz de Tenerife, a 3 de noviembre de 2011.- La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría."
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de noviembre de 2011.- El Director, Manuel León Ortega.
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