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BOC-A-2011-226-5950.
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D./Dña. María José Oliva Rodrigo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
"SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 15 de noviembre de 2010.
Vistos por D. Juan Carlos Socorro Marrero, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre ineficacia contractual, seguidos ante este Juzgado bajo el nº 648 del año 2008, a instancia de D. Mayk Reimann y Dña. Ramona Reimann, representados por el Procurador Sr. Martín Herrera y defendidos por los Letrados Sres. Schomerus y Jiménez Díaz, contra "Viajes Sonnentravel, S.L." y "Global Web Reise, S.L.", en rebeldía."
"..."
"FALLO
Estimar la demanda interpuesta por D. Mayk Reimann y Dña. Ramona Reimann contra "Viajes Sonnentravel, S.L." y "Global Web Reise, S.L.". En consecuencia:
1º) Declaro nulo el contrato celebrado el día 10 de diciembre de 2007 entre D. Mayk Reimann y Dña. Ramona Reimann y "Viajes Sonnentravel, S.L." (contrato nº "6727S-5").
2º) Condeno a "Viajes Sonnentravel, S.L." y a "Global Web Reise, S.L." a pagar solidariamente a D. Mayk Reimann y Dña. Ramona Reimann la suma de mil ochocientos euros (1.800), los intereses de esta cantidad calculados desde la fecha de la presentación de la demanda, y las costas de este juicio.
- Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, previa la constitución en su caso, mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, del depósito legalmente establecido [Disposición Adicional Decimoquinta 3.b) de la L.O.P.J., según la modificación operada por la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre].
- Llévese el original al Libro de Sentencias.
- Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo."
Y para que sirva de notificación a los demandados en rebeldía y en paradero desconocido, Viajes Sonnentravel, S.L., y Global Web Reise, S.L., expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 11 de octubre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
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