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BOC-A-2011-201-5316.
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Vista la documentación aportada por los aspirantes nombrados en virtud de las pruebas selectivas para acceder al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, dentro del plazo establecido en la Resolución de 2 de septiembre de 2011, de esta Dirección General (BOC nº 180, de 12.9.11).
Vista la Orden que aprueba la adjudicación definitiva de puestos del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Grupo A, Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros y Grupo B, Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Archiveros Ayudantes de los Departamento y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocada por Orden de 28 de enero de 2011, esta Dirección General, en uso de las competencias establecidas en el Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad,
R E S U E L V E:
Primero.- Adjudicarles, con carácter definitivo, puestos de trabajo a los funcionarios nombrados en virtud de las citadas pruebas selectivas para acceder al Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Archiveros (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que se relacionan a continuación:
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Segundo.- El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, si el puesto de trabajo desempeñado radica en la misma isla que la del destino obtenido, o de un mes si radica en distinta isla.
Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que se efectuará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. O bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor de lo regulado en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de octubre de 2011.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.
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