BOC - 2011/199. Viernes 7 de Octubre de 2011 - 5290

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5290 - Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural.- Anuncio de 27 de septiembre de 2011, por el que se notifica la Propuesta de Resolución Provisional de 26 de septiembre de 2011, que concede provisionalmente las subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios, previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril, convocada mediante Orden de 4 de agosto de 2010 (BOC nº 160, de 16.8.10) y modificada mediante Orden de 21 de junio de 2011, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 144, de 22.7.11).

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En cumplimiento de lo establecido en el apartado 5 del resuelvo sexto de la Orden de 4 de agosto de 2010 de la extinta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se convocan subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril (BOC nº 160, de 16.8.10), se procede a notificar la Propuesta de Resolución Provisional que se transcribe a continuación:

"Propuesta de Resolución Provisional de 26 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se conceden provisionalmente las subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios, previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril, convocada mediante Orden de 4 de agosto de 2010 (BOC nº 160, de 16.8.10) y modificada mediante Orden de 21 de junio de 2011, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 144, de 22.7.11).

Examinadas las solicitudes presentadas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios, provista en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de 4 de agosto de 2010, de la extinta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, convocó para el ejercicio 2010, las subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril (BOC nº 160, de 16.8.10).

Segundo.- Mediante Orden de 21 de junio de 2011, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, se modifica la distribución de las anualidades previstas en la Orden de 4 de agosto de 2010, que convoca para el ejercicio 2010 las subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril (BOC nº 144, de 22.7.11).

Tercero.- A la citada convocatoria se han asignado créditos por importe total de seis mil novecientos cuarenta (6.940,00) euros con cargo a la partida presupuestaria 13.10. 412 B 7700000 E.P 00713K00 "Medios de producción agrícolas (MAPA)" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2011.

Cuarto.- Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes han sido formuladas un total de 9 peticiones para acogerse a la citada convocatoria de subvenciones.

Quinto.- Instruido el procedimiento, de conformidad con la Orden de 4 de agosto 2010 y a la vista de las solicitudes presentadas que reunían los requisitos exigidos, se comprobó que los créditos destinados a la convocatoria resultan suficientes para atender la totalidad de las mismas y en consecuencia no fue necesario la constitución del Comité de Valoración, como órgano colegiado, de conformidad con el apartado 2 del resuelvo sexto de la Orden de 4 de agosto de 2010 citada.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Propuesta de Resolución es el Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del resuelvo sexto de la Orden de convocatoria, según lo cual dicho órgano llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la propuesta de resolución.

Segundo.- La presente propuesta de resolución de concesión provisional se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de la Orden de 4 de agosto de 2010 para las subvenciones destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios, modificada por la Orden de 21 de junio de 2011.

Tercero.- Considerando que en el apartado 5 del resuelvo sexto de la Orden de convocatoria se dispone que el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, elevará la Propuesta de Resolución provisional, debidamente motivada, al órgano concedente, que adoptará Propuesta de Resolución provisional y que dicha propuesta deberá notificarse a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, concediéndoles un plazo de 15 días para que presenten la aceptación expresa de la subvención, así como que en, caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Visto el informe propuesta del Servicio de Producción y Registros Agrícolas y los preceptos legales de aplicación y en uso de las competencias que me han sido delegadas,

R E S U E L V O:

Primero.- A la presente convocatoria se han presentado un total de 9 peticionarios, que se han relacionado en el anexo I, bajo el epígrafe "Solicitudes presentadas".

Segundo.- Conceder provisionalmente la subvención al peticionario que se relaciona en el anexo II, bajo el epígrafe "Solicitudes estimadas" que asciende a un total de 1, la subvención, por el importe y para las actuaciones previstas en el mismo, correspondiente al porcentaje sobre el presupuesto aprobado, al amparo de la Orden de 4 de agosto de 2010 (BOC nº 160, de 16.8.10) y modificada por la Orden de 21 de junio de 2011 (BOC nº 144, de 22.7.11).

Tercero.- Desestimar las solicitudes presentadas por los peticionarios relacionados en el anexo III, bajo el epígrafe "Solicitudes desestimadas", por los motivos indicados en el mismo.

Cuarto.- Que el importe total de dicha subvención asciende a la cantidad de cinco mil ciento sesenta (5.160,00) euros, que se detraerán de los créditos retenidos a tal fin con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10. 412 B 7700000 E.P 00713K00 "Medios de producción agrícolas (MAPA)", de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2011.

Quinto.- La efectividad de la subvención queda condicionada a la aceptación expresa por parte del beneficiario que deberá comunicarla en el plazo máximo de 15 días, a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente Propuesta de Resolución. En caso de que no se aporte dicha aceptación en el referido plazo se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Sexto.- De conformidad con lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la Orden de convocatoria, transcurrido el plazo de aceptación expresa de los solicitantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se elevará al órgano concedente la Propuesta de Resolución de Concesión que resuelve el procedimiento.

Séptimo.- Para el abono de la subvención concedida el beneficiario deberá haber realizado la actividad objeto de subvención como máximo el 1 de noviembre de 2011 y sin necesidad de requerimiento previo, comunicará a esta Consejería la realización de las mismas como máximo el 15 de noviembre de 2011, acompañando la documentación justificativa establecida en el resuelvo décimo de la citada Orden de 4 de agosto de 2010, condición a la cual queda igualmente sujeta la efectividad de la subvención concedida.

Octavo.- Para lo no establecido en la presente Propuesta de Resolución provisional se estará a lo dispuesto en la Orden de 4 de agosto de 2010, de la extinta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 160, de 16.8.10), modificada por la Orden de 21 de junio de 2011 (BOC nº 144, de 22.7.11) por la que se convocan para el ejercicio 2010, las subvenciones para la promoción de nuevas tecnologías en maquinarias y equipos agrarios previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril, ya citada; y a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en su normativa básica, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, en todo aquello que no se oponga o contradiga la normativa básica de las anteriores normas.

Notifíquese la presente propuesta a los interesados, concediéndoles un plazo de 15 días, contados desde la publicación en el Boletín Oficial de Canarias para que presenten la aceptación expresa de la subvención, con la advertencia de que en el caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Hacer saber a los interesados que, si a su derecho conviene, podrán alegar su oposición contra este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, en los términos establecidos en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de septiembre de 2011.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez."

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de septiembre de 2011.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez.



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