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BOC-A-2011-129-3660.
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No habiéndose podido notificar a la Entidad Mercantil Bitucan, S.L. en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92) el trámite de audiencia de fecha 14 de abril de 2011 sobre decaimiento de derechos otorgados a calificación provisional referente al expediente de V.P.O. 35-1G-41/05-01 y el acuerdo de inicio de expediente de devolución de subvención de fecha 18 de mayo de 2011 referente al expediente de V.P.O. 35-1S-001/05-01 y siendo necesario su notificación, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo
ANUNCIO
Notificar a la entidad mercantil Bitucan, S.L. el trámite de audiencia del Jefe de Servicio de Promoción Privada del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 14 de abril de 2011 sobre decaimiento de derechos otorgados a calificación provisional referente al expediente de V.P.O. 35-1G-41/05-01, dictando lo siguiente:
Examinada la documentación obrante en estas dependencias, al amparo del expediente de V.P.O. 35-1G-41/05-01 pongo en su conocimiento que se han superado con creces los plazos otorgados para la finalización de las obras y la obtención de la pertinente calificación definitiva, dado que la calificación provisional fue otorgada por resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 4 de octubre de 2005, bajo la condición de tener finalizadas dichas obras en un plazo de 30 meses, prorrogado éste en seis meses más por las condiciones del Plan de Vivienda 2005-2008.
Dado que la mencionada situación puede provocar el decaimiento de los derechos obtenidos en la calificación provisional de conformidad con el artº. 85 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de viviendas de Protección Oficial, procede otorgar Audiencia previa al interesado antes de declarar el mencionado decaimiento, de conformidad con lo ordenado en el artº. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se pone de manifiesto al interesado el procedimiento para que pueda presentar, si a su derecho conviene, las alegaciones, los documentos y justificaciones que estime pertinente ante este Instituto Canario de la Vivienda, sito en el Edificio de Servicios Múltiples II, calle Agustín Millares Carlo, nº 18, de Las Palmas de Gran Canaria, por sí mismo o de su representante legal debidamente acreditado, conforme al artº. 32.1 de la citada Ley, en el plazo de quince días hábiles, transcurrido el cual, sin su cumplimiento, se le considerara decaído el derecho a este trámite.
ANUNCIO
Acuerdo por el que se inicia expediente de reintegro de subvención percibida para la urbanización de suelo destinado a la construcción de vivienda protegidas de fecha 18 de mayo de 2011 referente al expediente de V.P.O. 35-1S-001/05-01 y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
Iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención percibida por la Entidad mercantil Bitucan, S.L. con C.I.F. B35470129, para la urbanización de suelo destinado a la construcción de 31 viviendas protegidas, mediante Resolución de 22 de diciembre de 2006, del Director del Instituto Canario de la Vivienda (número de expediente 35-1S-001/05-01), por las causas mencionadas, sin perjuicio de la exigencia de las demás responsabilidades a que dicho incumplimiento pudiera dar lugar en aplicación de la legislación vigente.
La interesada dispone de un plazo de diez días hábiles para comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista del mismo, proponer pruebas y realizar las alegaciones que tenga por conveniente. Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la Resolución que corresponda.
Contra el presente Acuerdo no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de que el interesado, conforme a lo previsto en el artº. 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de junio de 2011.-La Secretaria, p.s., el Jefe de Servicio de Administración General (Resolución de 20.4.11), Francisco Panizo Álamo.
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