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BOC Nº 111. Martes 7 de Junio de 2011 - 3091

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3091 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 29 de abril de 2011, del Director, de concesión de las subvenciones convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la Programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 257, de 31.12.10).

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BOC-A-2011-111-3091. Firma electrónica-Descargar

Visto el expediente de la convocatoria efectuada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la Programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de 22 de diciembre de 2010, se aprobó la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la Programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 257, de 31.12.10; corrección de errores BOC nº 12, de 19.1.11 y BOC nº 54, de 15.3.11).

Segundo.- Estas subvenciones están cofinanciadas en un 80 por ciento por el Fondo Social Europeo, con cargo al eje 2 del Programa Operativo "Adaptabilidad y Empleo" 2007ES05UPO001 "Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres", correspondiente al marco comunitario de apoyo 2007-2013.

La financiación de las subvenciones previstas, se hará con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del SCE en la Partida 2011.15.01.322H.470.00, Línea de Actuación 50400001 denominada "Formación dirigida prioritariamente a desempleados/as". La financiación correspondiente al ejercicio 2011 asciende a la cantidad de 34.800.000,00 euros, correspondiendo este importe a las acciones formativas, al coste de los módulos de prácticas no laborales en empresas correspondientes a los certificados de profesionalidad regulados por el Decreto 34/2008, de 18 de enero y al gasto derivado de la realización de los informes de auditoría a utilizar como medio de justificación.

Tercero.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se ha procedido a examinar y evaluar las mismas por parte de la Subdirección de Formación del Servicio Canario de Empleo, formulándose los requerimientos oportunos. Tras lo cual, la Comisión de Valoración procedió a la valoración de las solicitudes presentadas que reunían los requisitos para ser beneficiarios, según los criterios y el procedimiento descrito en la convocatoria y emitió el correspondiente informe.

Cuarto.- Por Resolución del Director, de 5 de abril de 2011, se acordó la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo de concesión, reduciendo a la mitad los plazos establecidos en la convocatoria para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Quinto.- El 11 de abril de 2011 se publicó en los tablones de anuncios del Servicio Canario de Empleo, así como en el tablón de anuncios de la Subdirección de Formación en la página Web del SCE, la propuesta de resolución de concesión provisional, otorgando a las entidades y centros colaboradores trámite de audiencia para la presentación de alegaciones durante el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente al de la publicación de la Propuesta Provisional.

Sexto.- A la vista de las alegaciones presentadas por los interesados, la Comisión de Valoración después de la revisión y estudio de las mismas, según los criterios y el procedimiento descrito en la convocatoria, emitió el correspondiente informe con fecha 29 de abril de 2011, base para la elaboración de la Propuesta de Resolución de concesión definitiva.

En el citado informe se hace constar que, finalizado el trámite de audiencia el 16 de abril de 2011, han sido presentadas un total de 58 alegaciones, de estas se han estimado total/parcialmente las formuladas por 16 entidades. El resto de alegaciones desestimadas y los motivos de las mismas figuran incorporados al anexo IV de la presente Resolución.

En cuanto a la configuración de los anexos de asignación y Lista de Reserva, en el informe citado se establece que la Propuesta de Selección de Acciones está conformada por los siguientes códigos: T, NN, N2, N4 y N5.

A: propuesta de asignación por puntuación.

T: propuesta de asignación por territorialidad (requisito decimocuarto apartado 2 de la convocatoria).

NN: propuesta de no asignación por sobrepasar el presupuesto destinado a la isla, según criterios establecidos en el requisito cuarto apartado 4 de la convocatoria.

N2: propuesta de no asignación por sobrepasar el número de horas máximas de formación en una instalación [requisito decimocuarto, apartado 2.a) de la convocatoria].

N4: propuesta de no asignación por sobrepasar el número de cursos programables de la especialidad en la isla, según Oferta Formativa.

N5: propuesta de no asignación por sobrepasar el importe máximo subvencionable a la entidad [requisito decimocuarto, apartado 2.a) de la convocatoria].

Como resultado de lo expuesto, la Comisión eleva el citado informe y la documentación adjunta al mismo, al Órgano Instructor para que de conformidad con el requisito decimosexto de la convocatoria, formule la propuesta de resolución de concesión definitiva a la Dirección del SCE.

Séptimo.- La documentación que configura el expediente administrativo incoado para la instrucción del presente procedimiento ha estado a disposición de los interesados/as en las dependencias de la Subdirección de Formación del SCE, para su examen y consulta, al objeto de dar cumplida respuesta al trámite de audiencia establecido.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- El requisito 16º de la Resolución del Presidente de 22 de diciembre de 2010, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados cofinanciada por el Fondo Social Europeo, señala: "Finalizado el trámite de audiencia y examinadas las alegaciones presentadas por los interesados, que no serán contestadas individualmente, el órgano instructor, previo informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de concesión definitiva a la dirección del SCE".

Asimismo, el requisito 17º señala: "La Dirección del SCE, una vez instruido el expediente, dictará la Resolución de concesión".

Segundo.- En la instrucción del expediente para la concesión, desestimación y creación de una lista de reserva se han observado todos y cada uno de los preceptos establecidos en las bases del procedimiento administrativo de la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación para el empleo (FPE) dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as, incluidas en la programación 2011, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, Resolución de 22 de diciembre de 2010.

Tercero.- El requisito 4º, apartado 4, establece, como criterios de distribución de la financiación los siguientes: a) El importe total de los créditos se distribuirá por isla en los términos siguientes: el 90 por ciento lo será atendiendo al número de desempleados/as registrados en cada una de ellas a 31 de diciembre de 2010 conforme a los datos de los registros del Servicio Público de Empleo Estatal de demandantes de empleo; el 10 por ciento lo será atendiendo a la tasa de actividad insular determinada por el ISTAC disponible a la citada fecha. b) En el caso de que, concluidas las posibilidades de selección de acciones de las establecidas en la Oferta Formativa propuesta por el SCE, el crédito asignado a una isla no se agote, el sobrante será utilizado por el SCE preferentemente para realizar acciones de formación en la misma.

Cuarto.- El Director del SCE, una vez instruido el expediente y previa aprobación del gasto correspondiente, dictará resolución, dirigida al interesado, sobre la inclusión de su solicitud en la programación y la subvención que se le concede, siempre que cumpla con los requisitos y las obligaciones normativamente establecidas. Esta resolución será publicada en los tablones de anuncio de las dependencias de las sedes centrales del SCE, en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife y en su página web. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia del SCE, en el plazo de un mes contado a partir de su notificación. La notificación de la Resolución de concesión se realizará individualmente a cada beneficiario sin perjuicio de que también será publicada en el Boletín Oficial de Canarias para su general conocimiento.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de resolución de concesión definitiva de la Subdirección de Formación de fecha 29 de abril de 2011,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder a las entidades o centros colaboradores que figuran en el anexo I una subvención cofinanciada en un 80 por ciento por el Fondo Social Europeo, con cargo al eje 2 del Programa Operativo "Adaptabilidad y Empleo" 2007ES05UPO001 "Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres", correspondiente al marco comunitario de apoyo 2007-2013, por los importes que en dicho anexo se relacionan, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente presupuesto de gastos del SCE:

Ver anexo en la página 16890 del documento Descargar

Segundo.- Crear una lista de reserva de solicitudes presentadas por entidades y centros colaboradores que figuran en el anexo II, para sucesivas programaciones complementarias.

Tercero.- Admitir el desistimiento de las solicitudes presentadas por las entidades y centros colaboradores que figuran en el anexo III.

Cuarto.- Que en lo no previsto en la presente Resolución, será de aplicación lo establecido en la Resolución de 22 de diciembre de 2010, del Presidente, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados incluidas en la programación 2011 y cofinanciadas por el FSE.

Notifíquese esta Resolución al interesado, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que el interesado, en su caso, interponga cualquier otro que estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de abril de 2011.- El Director, Alberto Génova Galván.

Ver anexo en las páginas 16891-17113 del documento Descargar

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