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BOC-A-2011-110-3060.
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ANTECEDENTES
Con fecha de registro de entrada en esta Consejería de 15 de octubre de 2010, el Consejo Insular de Aguas de Tenerife presenta documentación y solicitud de autorización de vertido desde tierra al mar y concesión de ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre en relación al proyecto denominado "Proyecto Constructivo de Instalación Desaladora de Agua de Mar de Granadilla 1ª Fase (isla de Tenerife)".
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- En aplicación del artículo 146.8 del Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, aprobado por el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, se debe someter a información pública por un plazo de 20 días tanto la tramitación de concesiones como de autorizaciones que se refieran a vertidos industriales y contaminantes desde tierra al mar y a las extracciones de áridos y dragados, así como en los demás supuestos en los que se estime conveniente.
II.- Para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones competencia de las Comunidades Autónomas y que necesiten autorización del Ministerio correspondiente, el artículo 150 del citado Reglamento posibilita la coordinación administrativa que se ajustará a lo dispuesto en dicho precepto.
III.- Conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el órgano al que corresponde la resolución del procedimiento podrá acordar un período de información pública. A tal efecto, se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma, o en el de la Provincia respectiva. Deberá señalar el lugar de exhibición y determinará el plazo para formular alegaciones.
IV.- Es competencia de la Viceconsejería de Medio Ambiente el control y la autorización de vertidos desde tierra al mar de conformidad con lo dispuesto en la Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de 11 de mayo de 2005, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 100, de fecha 23 de mayo de 2005. En lo que respecta a la tramitación del procedimiento, esta corresponde a la Dirección General de Calidad Ambiental (actualmente Dirección General de Protección de la Naturaleza) de conformidad con el artículo 25.3 del todavía vigente Decreto 20/2004, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (actualmente Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente).
Vistos el expediente administrativo, la legislación citada y demás normas de general y concordante aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Someter a información pública durante veinte (20) días hábiles, contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, el expediente de solicitud de concesión de ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre y autorización de vertido desde tierra al mar en relación al proyecto denominado "Proyecto Constructivo de Instalación Desaladora de Agua de Mar de Granadilla 1ª Fase (isla de Tenerife)".
Segundo.- Con el fin de que cualquier persona física o jurídica pueda consultarlos, el expediente administrativo y el proyecto técnico estarán de manifiesto de lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas, en la siguiente sede:
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Servicio Económico-Administrativo, sita en Santa Cruz de Tenerife, Avenida de Anaga, nº 35, planta 4ª, Edificio de Servicios Múltiples I.
Tercero.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2011.- El Director General de Protección de la Naturaleza, Emilio Atiénzar Armas.
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