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BOC-A-2011-107-2981.
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al siguiente instrumento de formalización de encomienda:
Resolución de 20 de mayo de 2011, de la Dirección del Instituto Canario de Estadística, por la que se procede a la prórroga de la encomienda, a la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal, consistente en la realización de labores de consultoría y asistencia técnica a determinadas operaciones estadísticas adscritas al Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística.
Visto el informe-propuesta formulado por el Jefe de Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística, sobre la necesidad de prorrogar la encomienda de gestión formulada con fecha 26 de noviembre de 2007 a la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal, y prorrogada mediante Resolución de 11 de noviembre de 2009 para la realización de labores de consultoría y asistencia técnica a determinadas operaciones estadísticas adscritas al Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística.
Resultando.- Que, con fecha 13 de julio de 2007, se suscribió Convenio Marco regulador de las relaciones derivadas de las encomiendas que se lleven a cabo por el Instituto Canario de Estadística (ISTAC) a la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal.
Resultando.- Que, mediante Orden de 25 de octubre de 2007, del Consejero de Economía y Hacienda, en calidad de Presidente de la Comisión Ejecutiva del Instituto Canario de Estadística, se acuerda prorrogar, para la anualidad 2008, el Convenio Marco citado anteriormente.
Resultando.- Que, con fecha 22 de octubre de 2008, se suscribe Addenda al Convenio Marco de referencia por la que se modifica la cláusula décima, estableciéndose un plazo de vigencia de cuatro años desde su suscripción.
Resultando.- Que, a través de la Addenda nº 2 al Convenio Marco citado, suscrita el 5 de octubre de 2009, se establece un nuevo plazo de duración de siete años desde la fecha de suscripción, esto es, hasta el 13 de julio de 2014.
Resultando.- Que, con fecha 26 de noviembre de 2007, se dictó Resolución por la que se encomienda a la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal la realización de labores de consultoría y asistencia técnica a determinadas operaciones estadísticas adscritas al Servicio de Estadísticas Económicas y cuyo plazo de vigencia concluía el 31 de diciembre de 2009.
Resultando.- Que a través de Resolución de 26 de noviembre de 2008, de la Directora del Instituto, se procedió a modificar el resuelvo segundo de la misma con objeto de ampliar las cantidades consignadas para la realización de los trabajos.
Resultando.- Que con fecha 11 de noviembre de 2009 se dicta Resolución, por la Directora del ISTAC, mediante la que se modifica la citada Resolución de 26 de noviembre de 2007 ampliando el plazo de ejecución de la encomienda desde el 1 de enero de 2010 y hasta el 30 de junio de 2011.
Resultando.- Que con fecha 18 de mayo de 2011, el Jefe de Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística emite informe sobre la necesidad de prorrogar la encomienda citada por el período de un año desde el 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2012.
Considerando.- Que, el conjunto de operaciones estadísticas para las que se precisaban labores de consultoría y asistencia técnica son, entre otras, Contabilidad Regional, Cuentas Satélites, Matriz de Contabilidad Social, Indicador Municipal de Renta de los Hogares, Estimación del VAB a Nivel Municipal.
Considerando.- Que el conjunto de trabajos que significa la ejecución de las operaciones estadísticas mencionadas anteriormente, exigen dotaciones suficientes en infraestructura y recursos humanos que superan los disponibles por parte del Instituto Canario de Estadística, poniendo en peligro el desarrollo del Programa Estadístico.
La ejecución de tales operaciones estadísticas requiere un intenso volumen de trabajo asociado a cada una de ellas, que una vez sistematizado puede ser correctamente desarrollado a través de una asistencia técnica.
Considerando.- Que la situación actual no ha variado ni en lo referente a la dotación de recursos humanos, que no ha variado desde el ejercicio 2008, y sin embargo han aumentado el número de operaciones estadísticas adscritas al Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística.
En virtud de lo anteriormente expuesto y al amparo de las facultades que se me otorgan en el Acuerdo Marco de referencia,
R E S U E L V O:
Primero.- Prorrogar la encomienda formulada con fecha 26 de noviembre de 2007 y ampliada con fecha 11 de noviembre de 2009 a la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal para la realización de labores de consultoría y asistencia técnica a determinadas operaciones estadísticas adscritas al Servicio de Estadísticas Económicas del Instituto Canario de Estadística, por un período de doce (12) meses, desde el 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2012.
Segundo.- El importe total de los trabajos encomendados correspondiente al período de prórroga señalado asciende a la cantidad de ochenta y un mil setecientos veintiséis euros con cuarenta y tres céntimos (81.726,43 euros), I.G.I.C. incluido (5%), distribuidos en las siguientes anualidades:
2011: 40.863,21.
2012: 40.863,22.
Notifíquese la presente Resolución a Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A. Unipersonal y publíquese en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos previstos en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo de 2011.- La Directora, p.a., el Jefe de Servicio de Secretaría General (Resolución de 13.4.95; BOC nº 62, de 19.5.95), Mauricio González Trujillo.
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