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BOC Nº 093. Miércoles 11 de Mayo de 2011 - 2505

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

2505 Dirección General de Universidades.- Anuncio de 27 de abril de 2011, relativo al procedimiento de reintegro de la parte proporcional no realizada de la beca de movilidad concedida y abonada por Resolución de 15 de diciembre de 2008, a D. Francisco Javier Cruz Mendoza.

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BOC-A-2011-093-2505. Firma electrónica-Descargar

Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado, conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción actual, se notifica a don Francisco Javier Cruz Mendoza el acuerdo adoptado con el siguiente tenor literal:

"Resolución del Director General de Universidades, por la que se inicia el procedimiento de reintegro de la parte proporcional no realizada de la beca concedida y abonada a D. Francisco Javier Cruz Mendoza, por la que se conceden becas y ayudas complementarias para la movilidad de estudiantes que cursan estudios en universidades de la Unión Europea y Países asociados dentro del Programa Sócrates/Erasmus o en Programas Eibes (Entorno Iberoamericano) con reconocimiento de estudios conforme a los convenios de reciprocidad suscritos con las dos Universidades canarias en el curso académico 2008/2009.

Vista la propuesta del Servicio de Coordinación Universitaria relativa al inicio del procedimiento de reintegro de la parte proporcional no realizada de una beca concedida y abonada a D. Francisco Javier Cruz Mendoza, con N.I.F. 78554039T, para la movilidad de estudiantes durante el curso 2008/2009, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO:

Mediante Orden de 29 de septiembre de 2008, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (BOC nº 205, de 13.10.08), se convocaron becas y ayudas complementarias para la movilidad de los estudiantes que cursan estudios en Universidades de la Unión Europea y Países Asociados dentro del programa Sócrates/Erasmus o en programas Eibes (Entorno Iberoamericano), con reconocimiento de estudios conforme a los convenios de reciprocidad suscritos con las dos Universidades canarias en el curso académico 2008/2009, y se aprobaron las bases por las que habría de regirse dicha convocatoria.

De conformidad con lo establecido en dicha Orden, la Dirección General de Universidades mediante Resolución de 15 de diciembre de 2008 (BOC nº 259, de 29.12.08), concedió las becas y ayudas conforme a lo establecido en las mencionadas bases, por los períodos y las cuantías que se consignan en el anexo I a la citada Resolución, procediéndose a su abono anticipado mediante transferencia.

De conformidad con lo dispuesto en la citada Orden de 29 de septiembre de 2008, y en la Resolución de concesión de 15 de diciembre de 2008, se presentó certificación de salida de la universidad donde el becario realizó el período de estudio, con indicación de la fecha de inicio y la fecha de finalización.

Se ha constatado que el beneficiario no completó el período de estancia para el que se le había otorgado la beca, por lo que procede el reintegro de la parte proporcional según el siguiente detalle:

Nº EXPTE: 2008 381 0001.

REF.: BMO2008/0373.

APELLIDOS Y NOMBRE: Francisco Javier Cruz Mendoza.

PERÍODO CONCEDIDO: 9 meses.

CANTIDAD CONCEDIDA: 2750,76 euros.

PERÍODO REALIZADO: 8 meses y 28 días.

IMPORTE A REINTEGRAR: 21,39 euros.

Con fechas 2 de octubre de 2009 y 10 de noviembre de 2009, se intentó la notificación al interesado por parte de esta Dirección General para el reintegro de dicha cantidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero.- Le es de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.03).

Segundo.- Lo dispuesto en los artículos 40, 41 y 42 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Decreto 30/2004, de 23 de marzo (BOC nº 65, de 2 de abril), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

Cuarto.- Orden de 29 de septiembre de 2008, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (BOC nº 205, de 13.10.08) por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2008/2009.

Quinto.- Resolución de 15 de diciembre de 2008 (BOC nº 259, de 29.12.08), de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se conceden becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2008/2009.

Esta Dirección General de Universidades de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas según lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09) y en la Orden de 29 de septiembre de 2008, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (BOC nº 205, de 13.10.08) por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios en el curso 2008/2009,

R E S U E L V O:

Primero.- Se inicie el procedimiento de reintegro por importe de 21,39 euros de la parte proporcional no justificada de la beca de movilidad que le fue concedida y abonada a D. Francisco Javier Cruz Mendoza, con N.I.F. 78554039T, por incumplimiento en los requisitos, condiciones y obligaciones previstos en la Orden de convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a efectos de lo previsto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09).

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado, en cumplimiento del artículo 58 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 12, de 14.1.99), en su redacción actual.

Tercero.- Conceder un plazo máximo de quince días, a partir de la fecha de notificación, para que el interesado presente las alegaciones que considere oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2011.- El Director General de Universidades, Juan José Martínez Díaz."

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 2011.- El Director General de Universidades, Juan José Martínez Díaz.

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