BOC - 2011/089. Jueves 5 de Mayo de 2011 - 2390

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

2390 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 20 de abril de 2011, por la que se somete a información pública y cooperación interadministrativa el Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Corralejo-La Oliva (Fuerteventura).

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Examinado el expediente administrativo 2011/0727 que se instruye en esta Dirección General relativo al documento de planeamiento del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Corralejo-La Oliva (Fuerteventura).

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- El Gobierno de Canarias dentro de las medidas e incentivos para la renovación de las Infraestructuras y edificaciones turísticas contempladas en la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, prevé proyectos de sustitución rehabilitación y reforma, en este contexto se elabora el Plan para la modernización de Corralejo que propone los siguientes proyectos que contribuyen a la revitalización del espacio privado, apostando por la calidad y ofreciendo usos necesarios para una ciudad turística como es Corralejo:

ACTUACIONES SOBRE EL ESPACIO PRIVADO

RT.- REHABILITACIÓN TURÍSTICA

RT. O1.- Apartamentos Lobos Bahía Club.- Proyecto de rehabilitación de apartamentos con categoría 3 estrellas para pasar a Hotel de 4 estrellas.

RT. O2.- Apartamentos Punta Elena.- Proyecto de rehabilitación de apartamentos con categoría de 1 llave para pasar a Hotel de 4 estrellas. El complejo se rehabilita al completo para poder subir su categoría y adecuarse a los estándares de calidad.

RT. O3.- Apartamentos Aloe Club Resort Proyecto de rehabilitación de apartamentos con categoría de 2 llaves para pasar a apartamentos de 4 estrellas. Se rehabilita el establecimiento para aumentar su categoría y adecuarse a los estándares de calidad.

RT. O4.- Apartamentos Mar Azul Proyecto de rehabilitación de apartamentos con categoría de 1 llave para pasar a apartamento de 4 estrellas. Se rehabilita el establecimiento para aumentar su categoría y adecuarse a los estándares de calidad.

RC.- REHABILITACIÓN COMERCIAL

RC. O1.- Apartamentos Lobos Bahía Club. Se trata de sustituir parte de la edificación actual, por un centro comercial en el frente de la Avenida de Nuestra Señora del Carmen y la rehabilitación del resto del complejo para aumentar su categoría.

RC. 02.- Apartamentos Hoplaco. Se trata de Proyecto de sustitución de los apartamentos de categoría 1 llave, por oferta turística complementaria y aparcamientos. Se liberan espacios para uso público y se deja libre el espacio de servidumbre de costas.

RC. O3.- Centro Comercial Atlántico. Proyecto de rehabilitación de Centro Comercial Atlántico Sol. Se plantea una rehabilitación del conjunto de los locales, así como una renovación integral de la imagen del centro comercial.

RM.- REHABILITACIÓN MIXTA

RM. O1.- Apartamentos Brisamar Proyecto de rehabilitación de apartamentos con categoría 3 llaves para pasar a Hotel de 4 estrellas. Se trata de la demolición de parte del complejo que da frente a la Avenida Nuestra Señora del Carmen, por comercial alineado a vial y la rehabilitación del resto del complejo para aumentar su categoría.

El Plan prevé las siguientes actuaciones de infraestructura: se propone desarrollar el espacio público tanto en conectividad, con la red viaria como espacios de calidad que incrementen el valor de la oferta turística.

Como intervención estratégica fundamental se propone mejorar los accesos a la costa aportando en la ordenación dos grandes ejes de espacio libre, que esponjen la trama urbana desembocando en la Avenida Grandes Playas, incrementando el uso del espacio público.

ACTUACIONES SOBRE EL VIARIO PÚBLICO

VIARIO DE PRIMER ORDEN

1.- Avenida Nuestra Señora del Carmen.

2.- Avenida Grandes Playas.

3.- Avenida Pedro y Guy Vanderele.

VIARIO DE SEGUNDO ORDEN

4.- Avenida Fuerteventura.

VIARIO DE TERCER ORDEN

5.- Calle Veril.

6.- Calle Dormidero.

Segundo.- Por los servicios Técnico y Jurídico Administrativo de planeamiento Oriental de esta Dirección General han sido evacuados informes técnico y jurídico de fecha 18 de abril de 2011 respectivamente, asimismo se han solicitado las consultas a las administraciones públicas con competencias específicas relacionadas con el Plan que se trata, así como a los efectos de determinar si el mismo puede ser excluido de evaluación ambiental estratégica.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 15 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo, prevé incentivos y medidas para la renovación de la infraestructura y edificaciones turísticas. El título del mencionado precepto es "Turismo y Sostenibilidad Territorial".

Como señala la Exposición de Motivos, entre los objetivos de abordar el desarrollo turístico dentro del marco de la sostenibilidad, la Ley regula una serie de medidas tendentes a potenciar la oferta de calidad, incentivar la renovación de la planta alojativa y modular el crecimiento de la misma.

Segunda.- El Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Corralejo no está contemplado en las Normas Subsidiarias de La Oliva aprobadas por acuerdo de la COTMAC de 23 de marzo de 2000 (publicada su normativa BOP 29 diciembre de 2000). Contemplan el mencionado suelo, como suelo Suelo Apto para Urbanizar con planeamiento aprobado, incluido en el Plan Parcial Corralejo-Playa, aprobado por resolución de la entonces Comisión Provincial de Urbanismo el día 29 de mayo de 1969, y posteriores revisiones y modificaciones, así como suelo urbano incluido dentro del "Casco Corralejo".

Tercera.- El procedimiento establecido en el mencionado artículo 15 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, contempla una tramitación abreviada para los planes o programas específicos de modernización, mejora e incremento de la competitividad del sector, cuando sus actuaciones no estén previstas en el Planeamiento, o sean contrarios al mismo, determinando el cumplimiento del trámite de cooperación administrativa previsto en el artículo 11 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, así como la evaluación ambiental estratégica, prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, salvo que se excluya por su escasa trascendencia territorial y ambiental.

El documento de planeamiento abreviado redactado será sometido a informe del Ayuntamiento de La Oliva y del Cabildo insular de Fuerteventura, y se expondrá al trámite de información pública.

Evacuados los anteriores trámites debe someterse a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, con carácter previo a la aprobación por el Gobierno de dicho Plan.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida

R E S U E L V O:

Primero.- Incoar el expediente e impulsar el procedimiento de aprobación del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Corralejo-La Oliva (Fuerteventura), según prevé el artículo 15 de la Ley 6/2009, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.

Segundo.- Tomar en conocimiento el documento de planeamiento abreviado denominado plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Corralejo-La Oliva (Fuerteventura), y someter a información pública, por plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de su publicación, mediante inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, y al trámite de consulta, por el mismo plazo, estando el expediente de manifiesto en las siguientes oficinas de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes:

Dirección General de Ordenación del Territorio: calle Agustín Millares Carlo, nº 18, Edificio Usos Múltiples II, 4ª planta, Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- Solicitar informe al Ayuntamiento de La Oliva y al Cabildo Insular de Fuerteventura, evacuados los anteriores trámites se eleve a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, con carácter previo a la aprobación por el Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2011.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.



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