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BOC-A-2011-035-776.
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Solicitada autorización administrativa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Declaración de Impacto Ambiental ante esta Viceconsejería y a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; el artículo 10 del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y el artículo 9 del texto refundido del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, se somete a información pública el proyecto de las instalaciones eléctricas que se citan a continuación:
Proyecto denominado "Línea Aérea Subterránea a 132 kV doble circuito Nueva S.E. 132 kV Puerto del Rosario (Nueva Salinas)-Nueva S.E. 132 kV La Oliva (Nueva Corralejo)" con expediente nº AT 10/181, promovido por Red Eléctrica de España, S.A., afectando a los términos municipales de Puerto del Rosario y de La Oliva (Fuerteventura).
La línea eléctrica tiene una longitud total de unos 28.822 m, aproximadamente, se proyecta con un tramo aéreo de unos 28.530 m y dos tramos subterráneos: tramo 1 de unos 221 m y tramo 2 de unos 71 m. El tramo aéreo discurrirá desde el apoyo de paso aéreo-subterráneo (apoyo nº 1) situado en las proximidades de la subestación de 132 kV Puerto del Rosario en el término municipal de Puerto del Rosario, hasta el apoyo de paso aéreo-subterráneo (apoyo nº 85), situado en las proximidades de la subestación de 132 kV La Oliva, en el término municipal de La Oliva.
El tramo soterrado 1 discurrirá desde el apoyo de paso aéreo-subterráneo (apoyo nº 1) hasta la subestación de 132 kV de Puerto del Rosario y el tramo soterrado 2 discurrirá desde el apoyo de paso aéreo-subterráneo (apoyo nº 85) hasta la subestación de 132 kV de La Oliva.
El presupuesto de la instalación citada asciende a la cantidad de unos 9.522.700 euros.
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artº. 54.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Anexo: relación de bienes y derechos afectados de necesaria expropiación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, también, especialmente de los propietarios y demás titulares afectados por la instalación en la provincia de Las Palmas, cuya relación se inserta al final de este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, por cualquier interesado pueda ser examinado el Proyecto de la instalación y demás documentación en la oficina de esta Consejería, sita en el Edificio Administrativo de Usos Múltiples III, calle León y Castillo, 200, planta 4ª, y en los Ayuntamientos afectados, y formularse, por duplicado, las alegaciones que se estimen oportunas incluidas las procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del citado Real Decreto 1955/2000, así como aportar por escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el apartado 4º del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de enero de 2011.- El Viceconsejero de Industria y Energía, Juan Pedro Sánchez Rodríguez.
Ver anexo en las páginas 2999-3009 del documento Descargar
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