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BOC Nº 024. Jueves 3 de Febrero de 2011 - 484

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

484 Viceconsejería de Ordenación Territorial.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de enero de 2011, relativa a la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y emplazamiento de interesados en el procedimiento administrativo nº 324/2010 iniciado por Áridos El Pozito, S.L. e instruido contra el expediente administrativo relativo a la aprobación de los ámbitos suspendidos ACP-2, ACP-5, ACP-9 y ACP-13 del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la isla de La Palma.

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BOC-A-2011-024-484. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES

En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el procedimiento 324/2010, iniciado por Áridos El Pozito, S.L. contra el Decreto 120/2010, de 2 de septiembre, por el que se aprueban definitivamente los ámbitos suspendidos ACP-2, ACP-5, ACP-9 y ACP-13 del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la isla de La Palma.

Considerando que el Tribunal Constitucional ha deducido de la consagración constitucional del derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, la existencia de un deber de éstos de promover las posibilidades de defensa de todos aquellos que pudieran ver afectados sus derechos e intereses legítimos por la decisión de un proceso contencioso-administrativo, emplazándolos personalmente, siempre que ello fuera posible, para que comparezcan en él como codemandados, pero sin que dicho deber sea absoluto o incondicionado, pues, al no consagrar la Constitución de derechos absolutos o ilimitados, tampoco impone como correlato de los derechos fundamentales que garantiza obligaciones que tengan ese carácter, de modo que dicha limitación implícita del deber de emplazamiento personal deviene explícita cuando el recurso contencioso-administrativo en el que el emplazamiento no se produjo se dirigía contra una disposición de carácter general (Sentencia 61/1985 -RTC 1985/61-), contra un acto general normativo o contra un acto dirigido a una pluralidad indeterminada de sujetos (Sentencia 82/1985 -RTC 1985/82-), supuestos ambos en los que dicho Tribunal ha entendido que no se daba el deber de emplazamiento personal (Sentencia 133/1985, de 28 de octubre -RTC 1985/133- y Auto 875/1987, de 8 de julio -RTC 1987/875-), y teniendo en cuenta las referidas sentencias,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo relativo a la aprobación de los ámbitos suspendidos ACP-2, ACP-5, ACP-9 y ACP-13 del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Turística de la isla de La Palma mediante Decreto 120/2010, de 2 de septiembre, a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para que conste en los autos del procedimiento nº 324/2010, interpuesto por Áridos El Pozito, S.L.

Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos pudieran aparecer como interesados para que, si a su derecho conviene, comparezcan y se personen en los autos citados en el plazo de nueve días.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de enero de 2011.- El Viceconsejero de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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