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BOC-A-2011-017-321.
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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de los estatutos de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Turismo Rural, ACANTUR.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
Artº. 4. Domicilio: queda redactado con el texto siguiente:
La Asociación tendrá su domicilio social en la calle García Tello, nº 28, piso bajo, código postal 35001, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, provincia de Las Palmas.
ÁMBITO PROFESIONAL: podrán ser miembros de la Asociación aquellas entidades jurídicas de carácter privado, de ámbito insular, cuyo objeto o finalidad coincida, total o parcialmente, con lo dispuesto en el artículo 2 de los presentes Estatutos y representen de manera significativa a los propietarios de alojamientos de Turismo Rural autorizados en su respectiva isla, de forma que sólo podrá formar parte de esta Asociación una entidad de Turismo Rural por cada isla del archipiélago, hasta un máximo de 7 entidades.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Pedro Carreño Fuentes y D. Sebastián Perera Quintana.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de enero de 2011.- La Directora General de Trabajo, Sinesia María Medina Ramos.
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