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BOC-A-2010-253-7136.
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Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución de justificación en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Decoreformas y Ambiente, S.L.L., de la Resolución nº 10/10383, de fecha 5 de noviembre de 2010, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D./Dña. Juan del Pino Mendoza y María de las Mercedes Morales Páez en calidad de administradores mancomunados y en representación de la entidad Decoreformas y Ambiente, S.L.L.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que por Resolución nº 07-35/3534 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 30 de agosto de 2007 se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el "artº. 2.a) (Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales)", Convocatoria de economía social, por importe de doce mil quinientos (12.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2007.23.01 322I 470.00 L.A./P.I. 23400601, denominación "Desarrollo de la Economía Social".
Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo sexto de la citada Resolución y en los mismos términos en el artº. 10, Convocatoria de economía social.
Tercero.- Que la entidad aportó la documentación exigida, considerándose totalmente justificada la subvención por el Centro Gestor mediante informe de 2 de noviembre de 2010, sin perjuicio de que el interesado deba cumplir con el resto de obligaciones establecidas en el resuelvo sexto de la resolución de concesión, y en los mismos términos en la Orden TAS/3501/2005.
A los citados hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Que el Director del Servicio Canario de Empleo es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03).
Segundo.- Examinada la documentación presentada procede declarar justificada totalmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 14.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario se encuentra obligado a someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
R E S U E L V O:
Único.- Declarar justificada totalmente la subvención concedida a la entidad Decoreformas y Ambiente, S.L.L. mediante Resolución nº 07-35/3534 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 30 de agosto de 2007, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 14.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Subdirector de Promoción de la Economía Social, p.s., el Subdirector de Empleo (Resolución de 6.10.10), David Carlos Gómez Prieto."
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.
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