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BOC-A-2010-251-7087.
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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y en el artº. 4 de la Ley Orgánica 11/1985 y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, 14.12.07); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de la asociación sindical que se detalla:
DENOMINACIÓN: Docentes de Canarias-Insucan.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Gara y Jonay, nº 1, CEEE Hermano Pedro, 38010-Santa Cruz de Tenerife.
ÁMBITO FUNCIONAL: este sindicato desarrolla su actividad en la enseñanza pública y está abierto a la afiliación de todo el personal docente de la Comunidad Autónoma Canaria. Asimismo podrán afiliarse quienes se encuentren en situación de desempleo, excedencia o jubilación.
Artículo 1.- Denominación.
1. El Sindicato "Docentes de Canarias-Insucan", tiene personalidad jurídica propia, al amparo de lo previsto en el artº. 28 de la Constitución Española de 1978, Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985 y demás disposiciones legales.
2.- El régimen del Sindicato se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos, inspirados en los principios democráticos y sin ánimo de lucro.
En el resto del articulado, modificar Insucan por "Docentes de Canarias-Insucan".
Artículo 3.- Fines.
Los fines de Docentes de Canarias-Insucan entre otros son:
· Defender los intereses laborales, sociales, económicos y administrativos de todos los trabajadores de la enseñanza pública canaria (pasar de lugar 4º al 1º).
· Buscar mejoras laborales, sociales, económicas y administrativos de todos los trabajadores de la enseñanza pública canaria (nuevo poner en lugar 2º).
· Realizar actividades de carácter formativo, divulgativos y otros dentro de los fines propios de este sindicato (nuevo, colocar en el lugar 12).
· Defensa de los intereses laborales, sociales y económicos de sus afiliados (nuevo, colocar en el lugar 15).
· Comparecencia ante los Tribunales, en cualquier situación procesal, con objeto de instar las acciones pertinentes que sirvan a la defensa de los derechos e interés del personal docente (nuevo, colocar en el lugar 16).
· Buscar la Fijeza Laboral de todos los que vayan alcanzando tiempo de servicio (modificar eliminando un determinado, pasa del lugar 3º al 5º).
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Antonio Rafael Martínez Hernández y Dña. Cecilia del Rosario Jorge Padrón.
Los interesados podrán formular las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de noviembre de 2010.- La Directora General de Trabajo, Sinesia María Medina Ramos.
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