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BOC Nº 217. Jueves 4 de Noviembre de 2010 - 6073

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

6073 Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.- Resolución de 26 de octubre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 1 de octubre de 2010, relativo a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Puntagorda (La Palma).- Expte. 2006/0260.

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BOC-A-2010-217-6073. Firma electrónica-Descargar

Visto el expediente 2006/0260 relativo a la aprobación del Plan General de Ordenación de Puntagorda y, teniendo en cuenta los siguientes:

I. ANTECEDENTES

Primero.- La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 1 de octubre de 2010, acordó aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación de Puntagorda, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, condicionando la publicación del acuerdo a que por parte del Ayuntamiento se retire del documento relativo al Catálogo de Edificaciones no amparadas por licencia, regularización Ley 4/2006, la ficha relativa a un inmueble situado en suelo rústico de Protección Paisajística (RPP-1.4) y, consecuentemente, se modifique la redacción de la Disposición Transitoria Primera 2.b) y 3) con carácter previo a la publicación.

Segundo.- Con fecha 7 de octubre de 2010 se remite por el Ayuntamiento de Puntagorda, certificación del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria y urgente de fecha 5 de octubre, por la que se acuerda la retirada de la ficha correspondiente a la edificación de D. Elías Rodríguez Pérez, así como aprobar la documentación que acompaña e integra el Plan General de Ordenación del municipio.

Se adjunta, además de las copias en soporte digital, copia de los siguientes documentos: Tomo II Memoria de Ordenación; Tomo II Anejo, Memoria de Ordenación adaptación al PTET; Tomo IV Ordenación estructural y pormenorizada. Normativa Urbanística; y Plano P-7, Ordenación Estructural.

Tercero.- Analizada la documentación remitida se comprueba, mediante informe técnico y jurídico emitido con fecha 18 de octubre de 2010, que en la misma se cumplimentan los condicionantes establecidos en el acuerdo adoptado por la C.O.T.M.A.C. con fecha 1 de octubre de 2010, mediante la supresión del Catálogo de Edificaciones no amparadas por licencia, regularización Ley 4/2006, así como mediante la modificación de la redacción de la Disposición Transitoria Primera 2.b) y 3).

Cuarto.- Con fecha 25 de octubre de 2010 se dicta Resolución del Director General de Urbanismo que considera debidamente subsanadas las observaciones señaladas en el dispositivo segundo del acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 1 de octubre de 2010.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, la publicación del acuerdo de la C.O.T.M.A.C. se sujeta a la previa subsanación de los reparos observados en el expositivo segundo del propio acuerdo.

Segundo.- La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias encomienda al Director General de Urbanismo la facultad de comprobar que la subsanación se ha efectuado correctamente, debiéndose emitir previamente los informes técnicos y jurídicos.

En su virtud, y en aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 1 de octubre de 2010, relativo a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Puntagorda (La Palma) (expediente 2006/0260), cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2010.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 1 de octubre de 2010, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Considerar subsanadas las deficiencias de la Memoria Ambiental del Plan General de Ordenación de Puntagorda, aprobada por la C.O.T.M.A.C. en sesión celebrada el 30 de abril de 2009.

Segundo.- Aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación de Puntagorda (expediente 2006/0260), de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y artículo 44 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, condicionando la publicación a que por parte del Ayuntamiento se retire del documento relativo al Catálogo de Edificaciones no amparadas por licencia, regularización Ley 4/2006, la ficha relativa a un inmueble situado en suelo rústico de Protección Paisajística (RPP-1.4) y, consecuentemente, se modifique la redacción de la Disposición Transitoria Primera 2.b) y 3) con carácter previo a la publicación.

Tercero.- El plazo de subsanación del que dispone el Ayuntamiento de Puntagorda es de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación del presente Acuerdo.

Cuarto.- Encomendar al Director General de Urbanismo, la facultad de comprobar que la subsanación se ha efectuado correctamente, previos informes técnico y jurídico. Una vez comprobada la subsanación, se procederá a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al Cabildo de La Palma y al Ayuntamiento de Puntagorda, encomendando a este último la notificación a los interesados de la contestación a las alegaciones que se hubieran presentado en el sentido propuesto por el Ayuntamiento.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Demelza García Marichal.

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