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BOC-A-2010-214-5983.
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Mediante Resolución de 9 de agosto de 2010, del Director, se realiza segunda convocatoria en el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (BOC nº 166, de 24.8.10).
En el resuelvo segundo de dicha convocatoria se establece: "Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe global de mil (1.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02 714M 770.00 y, dentro de ésta al proyecto de inversión 08 713A 01".
El artículo 14.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que "excepcionalmente, la convocatoria podrá prever, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, un incremento de la misma, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. En este supuesto, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".
En este sentido, el apartado segundo de la citada Resolución de convocatoria establece: "Los créditos previstos se podrán incrementar, sin que su aplicación a la concesión de subvenciones requiera una nueva convocatoria ni implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".
Por todo ello, existiendo crédito para afrontar un incremento en la dotación económica asignada a la convocatoria, lo que permitirá contemplar un mayor número de peticiones a financiar, y en uso de las facultades que tengo conferidas en esta materia,
R E S U E L V O:
Primero.- Incrementar en ciento trece mil seiscientos cincuenta y dos euros con diecinueve céntimos (113.652,19 euros) el crédito inicial asignado en la Resolución de 9 de agosto de 2010, del Director, por la que se realiza segunda convocatoria en el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02 714M 770.00 y, dentro de ésta al proyecto de inversión 08 713A 01.
Segundo.- Notifíquese la presente Resolución a través de su inserción en el Boletín Oficial de Canarias, y sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de octubre de 2010.- El Director, Guillermo Díaz Guerra.
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