Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
6 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 152 Kb.
BOC-A-2010-145-4314.
Firma electrónica-Descargar
Vista la iniciativa de la Dirección General de Ganadería para convocar las subvenciones destinadas a la formación profesional de las personas que trabajan en el sector agrícola, establecidas en la sección 1ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La Orden de 10 de febrero de 2010 (BOC nº 37, de 23.2.10), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, dedica la sección 1ª, del Capítulo II de las bases, a las subvenciones destinadas a la formación profesional de las personas que trabajan en el sector agrícola.
Segundo.- En la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010, está previsto crédito adecuado y suficiente para atender las subvenciones que se convocan. Estos créditos están cofinanciados por la Unión Europea en un 34,83% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en un 26,10% y por la Comunidad Autónoma de Canarias en un 39,07%.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Es competente la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, para aprobar esta Orden, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.1 de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10), y en el artículo 14.1 en relación con el 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Esta convocatoria se ajusta a lo dispuesto en el artículo 64.1 de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, y en el artículo 14 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
Tercero.- En virtud de lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, en relación con el artículo 1.2.e) y h) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, aprobado por Decreto 31/2007, de 5 de febrero, corresponde a la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, la competencia para conceder las subvenciones que se convocan. Dicha competencia puede delegarse a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en otro órgano de la misma Administración, y por tanto, y por razones de economía y eficacia, en los órganos instructores del procedimiento, esto es, en el Director General de Ganadería, en base a la competencia que tienen atribuida por el artículo 9.3, del referido reglamento orgánico.
En virtud de lo anteriormente expuesto y vista la propuesta de la Secretaría General Técnica del Departamento,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar para el sector ganadero las subvenciones destinadas a la formación profesional de las personas que trabajan en el sector agrícola, establecidas en la sección 1ª del Capítulo II, de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobada mediante Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 37, de 23 de febrero de 2010.
Segundo.- 1. Los créditos que se destinan a dicha convocatoria ascienden a doscientos mil (200.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.11.714L.470.00, L.A. 13416302 denominada "Formación Ganadera FEADER 2007/2013-M.1.1.1" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2010.
2. Dicha cuantía podrá incrementarse con otros créditos que pudieran destinarse a tales fines, sin que dicho incremento requiera de nueva convocatoria. No obstante en este supuesto y de conformidad con la exigencia contenida en el apartado 4 del artículo 14 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, con carácter previo a la resolución de concesión, la Orden por la que se declaren los créditos disponibles y la distribución definitiva. La publicación de la referida Orden no implicará la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio del cómputo del plazo para resolver.
Tercero. Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en el plazo de un mes contado desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, y se ajustarán al modelo que se inserta en el anexo I de esta Orden.
Cuarto. El plazo de resolución y notificación de esta convocatoria será de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial Canarias.
Quinto.- Se designan como miembros titulares y suplentes del comité de valoración que ha de evaluar las solicitudes presentadas para acogerse a las subvenciones que en virtud de la presente Orden se convocan, a las siguientes personas:
· Presidente:
Titular: D. Federico del Castillo Gimeno (Jefe de Servicio de Industrias, Registros y Bienestar Animal).
Suplente: Dña. Silvia Moreno Puy (Jefa de Sección).
· Vocales:
Vocal 1º
Titular: Dña. Silvia Moreno Puy (Jefa de Sección), salvo que actúe como presidente suplente.
Suplente: D. José Ochoa Reinares (Jefe de Sección).
Vocal 2º
Titular: Dña. Mercedes Alonso Vega (Técnico Veterinario).
Suplente: Dña. Elena Chávez Hernández (Jefa de Sección).
Vocal 3º
Titular: D. Ricardo Melchior Yanes (Técnico Veterinario).
Suplente: José Romero Delgado (Técnico Veterinario).
· Secretario/a:
Titular: Dña. Carmen Elena Morales López (Jefa de Servicio de Apoyo Jurídico-económico y de Control).
Suplente: D. Fernando Giralda Brito (Jefe de Recursos, Disposiciones e Informes).
Sexto.- Se delega en el Director General de Ganadería la resolución de la convocatoria, así como cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la misma.
Séptimo.- Esta Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la referida publicación de la misma, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de julio de 2010.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
María del Pilar Merino Troncoso.
Ver anexo en las páginas 19763-19766 del documento Descargar
© Gobierno de Canarias