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BOC-A-2010-140-4148.
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La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé en su artículo 38.6 que toda Administración Pública establezca los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro; además el punto 8 del propio artículo dispone la obligación de dar publicidad y mantener actualizada la relación de sus oficinas propias y concertadas.
Por otra parte, el apartado 1 de la Disposición Adicional Primera de la Orden de 12 de agosto de 2002, de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica (BOC nº 111, de 19.8.02), hoy Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, establece que la Inspección General de Servicios mantendrá permanentemente actualizada y publicará anualmente la relación de los registros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus entidades de derecho público y organismos autónomos vinculados o dependientes de ella, en la que figurarán, como mínimo, su carácter, localización y horario de funcionamiento, así como, en su caso, órganos administrativos para los que desempeñan funciones.
Con posterioridad a la Resolución de 27 de octubre de 2008, de la Inspección General de Servicios (BOC nº 223, de 6.11.08), se han producido modificaciones en los registros de los diversos Departamentos.
Por lo expuesto,
R E S U E L V O:
Hacer pública la relación actualizada de los registros propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que podrá consultarse en la página principal de la web institucional del Gobierno de Canarias en internet https://www.gobcan.es/oficinasderegistro/, así como en las sedes de la Oficina Canaria de Información y Atención Ciudadana.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de julio de 2010.- La Inspector General de Servicios, María del Socorro Beato Castellano.
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