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BOC Nº 130. Lunes 5 de Julio de 2010 - 3818

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3818 ORDEN de 28 de junio de 2010, por la que se convoca la XXIV Edición de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios de Canarias.

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Vista la propuesta formulada por la Secretaria General Técnica, y teniendo en cuenta que,

Hasta ahora, los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios estaban orientados a fomentar y difundir las actividades agrarias, pesqueras y alimentarias; incentivar los estudios de experimentación e investigación, y reconocer la labor y el quehacer realizado por cuantos contribuyen al desarrollo de actividades que abarcan las áreas de competencia de la Consejería de la Administración Pública Canaria competente en materia agraria, pesquera y alimentaria.

La progresiva globalización económica obliga a nuestros sectores a situarse en un elevado nivel de desarrollo tecnológico para ser plenamente competitivos y a mantener un proceso continuo de innovación, investigación y experimentación para las actividades de transferencias de tecnología al sistema productivo, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la calidad.

Por ello, se ha modificado el Decreto 86/2006, de 27 de junio, por el que se instituyen los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, mediante Decreto nº 63/2010, de 3 de junio (BOC nº 115, de 14 de junio), ampliando sus modalidades y por lo tanto, las personas y entidades susceptibles de ser premiadas, haciendo un reconocimiento también a la Mujer Rural Canaria, lo que conllevó una nueva redacción del apartado de los Jurados, descripción más explícita de quienes están facultados para presentar las candidaturas, y el procedimiento de concesión.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Objeto.

El objeto de esta Orden es la convocatoria de la "XXIV Edición de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios", correspondiente a los trabajos desarrollados en el año 2009.

Segundo.- Dotación presupuestaria.

El importe del crédito presupuestario que se destina a los Premios, con contenido económico, asciende a la cantidad de nueve mil quinientos (9.500) euros, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.711A.227.06.

Tercero.- Tipos de premios y modalidades.

Se convocan las siguientes modalidades:

1. Los premios con contenido económico se otorgarán a las siguientes modalidades:

a) Premio a la Mejor Labor Informativa sobre temas agrarios, pesqueros y alimentarios de Canarias difundida en los medios de comunicación de la Comunidad Autónoma, que se otorgará a los autores de trabajos que hayan sido publicados o emitidos en cualquier medio de comunicación de Canarias, dotado con tres mil (3.000) euros.

Para la concesión de este premio se valorará el contenido, características y alcance de los trabajos informativos. Por lo que respecta al contenido, se valorarán principalmente los trabajos dirigidos a difundir los productos ecológicos, la investigación, innovación y la transferencia tecnológica de los medios naturales de producción y el hecho de que el trabajo informativo haya destacado la labor de empresas que puedan servir como modelo por su desarrollo económico y social así como otros aspectos relacionados con estas materias. En cuanto a las características, se valorará principalmente el carácter innovador de los trabajos, su claridad expositiva y didáctica y su accesibilidad a los ciudadanos del sector afectado. Por último, se valorará especialmente el alcance que la información transmitida puede representar para los distintos subsectores implicados.

b) Premio al Mejor Trabajo Divulgador sobre temas agrarios, pesqueros y alimentarios de Canarias que se otorgará a los autores de obras de difusión de estudios cuyo contenido, extensión e interés cumplan con los objetivos que persigue la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el ejercicio de sus competencias y que hayan sido editadas por cualquier entidad pública o privada, dotado con tres mil (3.000) euros.

Se prestará atención preferente a los trabajos que se estime pueden contribuir a difundir la investigación, innovación y la transferencia tecnológica en la actividad agraria, pesquera o alimentaria, así como a la producción ecológica y de la sostenibilidad de los medios naturales de producción, y sean de fácil comprensión y sin demasiada extensión.

c) Premio al Mejor Trabajo de Innovación, Investigación o Experimentación aplicada y avances científicos para productos o explotaciones agrarias, productos ecológicos, de carácter innovador, transferencias de tecnología y sostenibilidad de los medios naturales de producción, técnicas para la fruticultura, cultivos extensivos, viticultura, horticultura, producción de vacuno y porcino, cunicultura, avicultura y otras actividades relacionadas con el objeto de los premios así como de la industria agroalimentaria, dotado con tres mil quinientos (3.500) euros.

Los candidatos podrán presentar trabajos de carácter teórico o bien el resultado de la aplicación de los procesos de producción a la empresa. En el primer caso, el premio se otorgará a los autores de obras inéditas, escritas en castellano, selladas o compulsadas por la secretaría del centro de investigación correspondiente.

En el caso de que los procesos de innovación se hayan aplicado a la empresa, deberá, además, tenerse en cuenta el nivel tecnológico de desarrollo, su eficiencia productiva, competitividad y los resultados económicos.

Para la concesión de este Premio, el Jurado valorará, especialmente, la aportación innovadora de los trabajos, el diseño en implantación de nuevos procesos para adoptar tecnología que pueda decrecer los costes de producción, mejorar la eficacia productiva o comercial, la implantación de nuevos cultivos o bien adoptar en los tradicionales cambios para satisfacer y/o aumentar la demanda, prácticas ecocompatibles, así como la producción ecológica o cualquier tema de sostenibilidad de los Medios Naturales de Producción: Suelo y Agua, en Canarias.

2. Los premios sin contenido económico consistirán en un diploma acreditativo y se otorgarán en las siguientes modalidades:

a) Premio a la Mejor Cadena de Venta de Productos Alimentarios Canarios, que se otorgará a aquellas empresas o empresarios que hayan destacado en esta actividad, contribuyendo al avance del mundo rural, pesquero y alimentario de Canarias, y con ello lograr mayor desarrollo económico y más bienestar social.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, la trascendencia y repercusión que las acciones realizadas por la cadena de venta, a lo largo de su trayectoria, hayan tenido sobre los productos agrarios y alimentarios de calidad de Canarias, así como su producción, explotaciones o sobre los consumidores. Se tendrá en cuenta el carácter novedoso y la calidad de las campañas realizadas, así como el nivel de penetración en el mercado y el público al que ha llegado.

b) Premio al Establecimiento de Alojamiento Turístico en la modalidad Hotelera, que haya destacado en la promoción y utilización de los productos agroalimentarios de Canarias.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, el número de platos, tapas, vinos y otros productos canarios que contengan sus cartas y que, además, hayan organizado o participado en actividades de promoción, fomento e impulso de éstos.

c) Premio al Establecimiento de Restauración de Canarias que en su carta cuente con el mayor número de productos canarios.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, el número de platos, tapas, vinos y otros productos canarios que contengan sus cartas.

d) Premio a la Mujer Rural Canaria, empresaria, que haya destacado en su actividad y sea única titular de la explotación agraria.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, su actitud emprendedora, dinamizadora, así como su trayectoria profesional.

e) Premio a la Empresa de Distribución de productos del mar y de la acuicultura, que haya destacado en su sector.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, el mayor número de ventas de productos del mar, tanto de la pesca extractiva como acuicultura y productos derivados. Se tendrá en cuenta el carácter novedoso y la calidad de las campañas realizadas, así como el nivel de penetración en el mercado y el público al que ha llegado.

f) Premio a la Empresa de Distribución de productos agroalimentarios, que haya destacado en su sector.

Para la concesión de este premio, el Jurado valorará, especialmente, el mayor número de ventas de productos agroalimentarios canarios y productos derivados. Se tendrá en cuenta el carácter novedoso y la calidad de las campañas realizadas, así como el nivel de penetración en el mercado y el público al que ha llegado.

g) Premio a la empresa ganadera con mejores resultados económicos.

h) Premio a la empresa agrícola con mejores resultados económicos.

i) Premio a la empresa pesquera con mejores resultados económicos.

Para la concesión de las modalidades g), h) e i), el Jurado valorará, especialmente, el mayor número de ventas de productos agrícolas, ganaderos y pesqueros y sus transformados, así como su compromiso con la innovación tecnológica, participación en programas de calidad y las inversiones realizadas en mejoras.

j) Distinción Honorífica a personas o entidades que, en el transcurso de su trayectoria profesional, de forma continuada y relevante, hayan realizado actuaciones en beneficio del sector agrario, pesquero y alimentario, en el ámbito de Canarias.

Las Distinciones Honoríficas se otorgarán previa propuesta de entidades, asociaciones o colectivos cuya actividad quede relacionada con los sectores citados, que deberán motivar los méritos que concurren en la persona o entidad que se propone.

La concesión de los Premios correspondientes a las modalidades de "Mejor Trabajo Divulgador", y "Mejor Trabajo de Innovación, Investigación o Experimentación", faculta a esta Consejería a proceder, en su caso, a publicar la primera edición de las obras premiadas, sin que los autores tengan derecho a retribución alguna distinta de la dotación económica del premio obtenido.

Cuarto.- Propuestas de candidaturas.

1. La presentación de candidatos deberá realizarse ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, mediante la propuesta por alguna de estas entidades:

1.1. Por iniciativa de las Universidades.

1.2. Por iniciativa de Centros de Investigación.

1.3. Por iniciativa de las administraciones públicas.

1.4. Por asociaciones, corporaciones profesionales, empresas o entidades empresariales o sociales del sector.

2. No obstante lo anterior y con la finalidad de que no queden excluidos trabajos, estudios, proyectos e incluso personas o entidades cuyos méritos concurran con los requisitos exigidos para cada modalidad, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación podrá proponer sus propias candidaturas.

Quinto.- Presentación de candidaturas y documentación.

1. Las candidaturas se presentarán ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, dentro del plazo establecido al efecto, mediante escrito ajustado al modelo normalizado que aparece recogido en el anexo I de esta convocatoria, acompañado de la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de la personalidad del proponente y de la representación con que actúa, sólo en el supuesto de que actúe en representación de un tercero.

b) Escritura de constitución de la empresa, estatutos de la entidad o certificado público, en el caso de que el peticionario sea persona jurídica.

c) Memoria, informe o cualquier otro documento suficientemente explicativo de las motivaciones y/o méritos que se consideren concurrentes en la persona o entidad propuesta, incluyendo asimismo los datos personales y profesionales del candidato.

2. La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación podrá recabar del proponente cualquier otro dato o documentación complementaria que considere necesaria para la verificación de los méritos alegados.

3. Si la propuesta no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación requerirá al interesado para que los subsane en el plazo de diez (10) días, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su propuesta, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Además, las propuestas de las candidaturas que opten a las modalidades de Premio a la Mejor Labor Informativa, Premio al Mejor Trabajo Divulgador y Premio al Mejor Trabajo de Innovación, Investigación o Experimentación aplicada, deberán acompañar dos ejemplares (copias, fotocopias, vídeos, grabaciones, etc.), y disquete o CD-Rom, conteniendo la copia fiel de los trabajos, haciendo constar en el sobre "Para la XXIV Edición de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios".

5. En caso de los trabajos que opten a la modalidad de Premio a la Mejor Labor Informativa, y que en su aparición en los medios de comunicación no hubiesen figurado firmados por el autor, deberá justificarse la autoría de los mismos mediante justificante expedido por el medio en que se hubieran difundido.

6. El lugar de presentación será en las oficinas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Avenida de José Manuel Guimerá, 10, planta 4ª, Edificio de Usos Múltiples II, 38071-Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Agustín Millares Carlo, 10, 35003-Las Palmas de Gran Canaria, así como en cualquiera de la formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la mencionada Ley 30/1992.

7. La participación en esta convocatoria significa la aceptación de las bases y, en especial para las modalidades de "Mejor Labor Informativa", "Mejor Trabajo Divulgador" y "Mejor Trabajo de Innovación, Investigación o Experimentación", la autorización a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para publicar la primera edición de la obra, renunciando expresamente a cualquier otra retribución distinta de la dotación económica del premio que eventualmente se obtenga.

Sexto.- Plazo de presentación de las candidaturas.

El plazo de presentación de las candidaturas finalizará el 17 de agosto de 2010, a las 13 horas.

Séptimo.- Jurados.

1. Existirá un jurado por cada modalidad convocada.

2. Cada jurado estará compuesto por un número de miembros no inferior a cinco ni superior a siete, que será designado por la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, a propuesta de la Secretaria General Técnica de dicho Departamento, atendiendo a la naturaleza de cada modalidad y a la materia sobre la que versen los trabajos presentados, por personas, empresas o entidades relacionadas con las materias objeto de los Premios.

3. Como Presidente de cada jurado actuará alguno de los titulares de los Centros Directivos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Corresponde al Presidente dirigir las deliberaciones, y dispone de voto de calidad, del que habrá de hacer uso necesariamente en caso de empate.

Actuará como Secretario, con voz y voto, un funcionario de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, designado por la titular de la misma.

4. El quórum para la válida constitución y adopción de los acuerdos del jurado será el de la mayoría absoluta de sus miembros.

5. Los jurados, en atención a la calidad e interés de las obras o actividades, elevarán a la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, propuesta de otorgamiento, de declaración de desierto, de otorgamiento "ex aequo".

6. No se podrán considerar las nominaciones efectuadas a favor de los miembros de los jurados.

7. Los fallos de los jurados serán inapelables y razonarán los motivos y méritos que concurran para la concesión de los premios.

8. El jurado del Premio a la Distinción Honorífica estará compuesto, además de por la titular del Departamento que actuará en calidad de presidenta y un secretario, por vocales elegidos entre los titulares de los centros directivos, de esta Consejería.

Octavo.- Recursos.

Contra esta convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y actualizada a 31 de enero de 2004.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de junio de 2010.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

María del Pilar Merino Troncoso.

Ver anexo en la página 17175 del documento Descargar

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