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BOC-A-2010-112-3326.
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Habiendo sido intentada mediante carta certificada con acuse de recibo la notificación a D. Eduardo Faustino Álvarez Pérez, de la Resolución de fecha 21 de mayo de 2010, recaída en el expediente de subrogación de derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Breña Alta-La Palma, Grupo TF-7076 "15 Viviendas Tinisuaga", calle Betancayse, nº 2, cuenta nº 4, a favor de Dña. Elia María Casimiro Bonilla, resultando infructuosa su entrega, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Eduardo Faustino Álvarez Pérez, la Resolución de 20 de enero de 2010, recaída en la subrogación y cuya parte dispositiva acuerda textualmente:
"Autorizar la subrogación en los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento suscrito entre el Instituto Canario de la Vivienda y D. Eduardo Faustino Álvarez Pérez, de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Breña Alta-La Palma, Grupo TF-7076 "15 Viviendas Tinisuaga", calle Betancayse, nº 2, cuenta nº 4, a favor de Dña. Elia María Casimiro Bonilla, en virtud de sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa Cruz de La Palma de fecha 25 de mayo de 2009, procedimiento nº 538/2008.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2010.- La Secretaria, María Teresa Larrea Díez.
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