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BOC-A-2010-092-2698.
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Habiendo sido intentada la notificación de la citada resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Rincón de la Piedra, S.L.L., de la resolución nº 10/01692, de fecha 17 de marzo de 2010, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D. Ramón Ubach Suárez, en calidad de Administrador Solidario y en representación de la entidad Rincón de la Piedra, S.L.L.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que por Resolución de la Dirección del SCE de fecha 7 de agosto de 2008, nº 08-35/3811 (BOC nº 168, de 22.8.08) se concedió a la entidad mencionada una subvención directa para la realización de inversiones en inmovilizado por importe de mil doscientos (1.200,00) euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2008.15.01.322I.770.00, L.A./P.I. 03723100, denominación "Desarrollo de la Economía Social".
Segundo.- Que el resuelvo tercero de la citada resolución establece que dicha subvención se hará efectiva de una sola vez, previa acreditación por parte de la entidad beneficiaria de la realización de la inversión objeto de subvención, mediante la aportación, como máximo a fecha 10 de diciembre de 2008, de la documentación señalada en el mencionado resuelvo de la resolución de concesión.
Tercero.- Vencido el plazo de 10 de diciembre de 2008, señalado en el párrafo anterior, la entidad Rincón de la Piedra, S.L.L. no presenta la documentación indicada.
A los citados hechos les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente para conocer del presente expediente, a tenor de lo establecido en la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), el artº. 13 del Decreto 150/2001, de 23 de julio (BOC nº 91, de 25.7.01), modificado por los Decretos 172/2001, de 30 de julio y 155/2002, de 24 de octubre, de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05).
Segundo.- Que en consecuencia, no cumple con el artº. 10.b) de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05).
En uso de la facultad que me atribuye el artº. 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), en relación con la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05),
R E S U E L V O:
Primero.- Dejar sin efecto la subvención concedida a la entidad Rincón de la Piedra, S.L.L. en concepto de subvención directa para la realización de inversiones en inmovilizado, por importe de mil doscientos (1.200,00) euros, en base a los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente expuestos.
Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, Alberto Génova Galván. Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 2010, por el Jefe de Servicio de Promoción de la Economía Social, Jesús Pedreira Calamita. Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría."
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.
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