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BOC-A-2010-071-2065.
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Con el fin de concluir el procedimiento para la ordenación del Profesorado de Religión Católica de Educación Secundaria en los centros docentes públicos dependientes de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso escolar 2009-2010, conforme a las bases publicadas en el anexo I de la Orden de 17 de junio de 2009, por la que se regula la relación laboral del profesorado de religión católica de educación secundaria en los centros docentes públicos dependientes de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 121, de 24.6.09) y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 17 de junio de 2009, se regula la relación laboral del profesorado de religión católica de educación secundaria en los centros docentes públicos dependientes de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 121, de 24.6.09) convocándose en el anexo I de la mencionada Orden el procedimiento para la ordenación de este profesorado.
Segundo.- Una vez transcurrido el plazo de presentación de las solicitudes y la documentación correspondiente, se procedió por la Comisión nombrada al efecto a baremar los méritos presentados.
Tercero.- Al amparo de la base sexta del anexo I mencionado en el antecedente de hecho primero, la Dirección General de Personal mediante Resolución hizo públicas las listas provisionales de participantes admitidos con expresión de la puntuación obtenida por apartados, estableciendo el plazo de tres días para la presentación de las alegaciones y reclamaciones que estimen sobre la puntuación asignada, facilitando para ello, un formulario y correo electrónico a efectos de agilidad administrativa.
Cuarto.- Finalizado el plazo de alegaciones y reclamaciones, y una vez estudiadas las mismas y resueltas por la comisión de baremación, la Dirección General de Personal hizo públicas, a título informativo, las listas de admitidos/as y excluidos/as en los mismos lugares que las listas provisionales y en la página Web. No obstante el carácter informativo de la publicación anterior, se recibieron en la Dirección General de Personal una serie de observaciones a los listados que procedía estimar, y al mismo tiempo se detectó y corrigió de oficio algún error en las baremaciones, por lo que los anexos que acompañan a esta Resolución han sido actualizados, conforme a la revisión efectuada.
Quinto.- De acuerdo con la base séptima del anexo I de la Orden Departamental citada anteriormente, este centro directivo mediante la presente Resolución, procede a publicar las listas definitivas de admitidos y excluidos en los mismos lugares que las listas provisionales y en la página Web, con la valoración definitiva de los méritos de todos los aspirantes, y ello, a los efectos previstos en la base octava del mismo anexo, con independencia de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 17 de junio de 2009, por la que se regula la relación laboral del profesorado de religión católica de educación secundaria en los centros docentes públicos dependientes de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 121, de 24.6.09), en cuyo anexo I se convoca el procedimiento para la ordenación de este profesorado.
Segundo.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción actual, que, en su artículo 105, determina lo siguiente: "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
En su virtud, vista la propuesta del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, y por las atribuciones conferidas en el artículo 13 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio de 2006 (BOC nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual,
R E S U E L V O:
Primero.- Hacer pública la valoración definitiva de los méritos de las personas participantes en el procedimiento de ordenación del profesorado de religión católica de Educación Secundaria en los centros docentes públicos de esta Comunidad Autónoma para el curso 2009-2010, de acuerdo con la relación de listados anexos, clasificados los mismos por Diócesis, vínculos y orden de puntuación obtenida, contenida en el anexo I.A) con el baremo definitivo del personal laboral indefinido de la Diócesis Canariense, distribuido por islas. Seguidamente, el anexo I.B) con la baremación definitiva de la lista de reserva de dicha Diócesis. En el anexo II.A) se publica el baremo definitivo del personal laboral indefinido de la Diócesis Nivariense, distribuido por islas y en el anexo II.B) la baremación definitiva de la lista de reserva de dicha Diócesis.
Segundo.- La publicación de esta Resolución con los respectivos anexos en las Direcciones Territoriales correspondientes y en las Direcciones Insulares de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, así como, a título informativo, en las páginas web de la Dirección General de Personal y de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes https://www.gobiernodecanarias.net/docente) y https://www.gobiernodecanarias.org/educacion.
Tercero.- Publicar la presente Resolución con los respectivos anexos en el Boletín Oficial de Canarias, considerando efectuada la correspondiente notificación a los interesados, a los efectos que dispone el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción actual, con la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de marzo de 2010.- La Directora General de Personal, María Teresa Covisa Rubia.
Ver anexo en las páginas 10067-10072 del documento Descargar
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