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BOC Nº 246. Jueves 17 de Diciembre de 2009 - 1877

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1877 - Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Resolución de 9 de diciembre de 2009, del Director, por la que se incrementa el crédito asignado en la Resolución de 13 de octubre de 2009, mediante la que se convocan en el ejercicio 2009 subvenciones destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.

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Mediante Resolución de 13 de octubre de 2009, del Director, se convocan en el ejercicio 2009 subvenciones destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (B.O.C. nº 203, de 16.10.09).

En el resuelvo segundo de dicha convocatoria se establece: "Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe global de mil (1.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02 714M 770.00 y, dentro de ésta al proyecto de inversión 08 713A 01".

El artículo 14.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que "excepcionalmente, la convocatoria podrá prever, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, un incremento de la misma, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. En este supuesto, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".

En este sentido, el apartado 1 de la base 5 de la citada convocatoria establece: "Los créditos previstos en la convocatoria se podrán incrementar, sin que su aplicación a la concesión de subvenciones requiera una nueva convocatoria. En este supuesto, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la Resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver".

Por todo ello, existiendo crédito para afrontar un incremento en la dotación económica asignada a la convocatoria, lo que permitirá contemplar un mayor número de peticiones a financiar, y en uso de las facultades que tengo conferidas en esta materia,

R E S U E L V O:

Primero.- Incrementar en treinta y dos mil ciento ochenta y tres euros con ocho céntimos (32.183,08 euros) el crédito inicial asignado en la Resolución de 13 de octubre de 2009, del Director, por la que se convocan en el ejercicio 2009 subvenciones destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.

Segundo.- Notifíquese la presente Resolución a través de su inserción en el Boletín Oficial de Canarias, y sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de diciembre de 2009.- El Director, Guillermo Díaz Guerra.

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