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Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Tenerife para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor de "Los Hornos de Cal", situados en el término municipal de Puerto de la Cruz y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
I. Mediante Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura de fecha 9 de mayo de 1983, se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento Histórico-Artístico, a favor de "Los Hornos de Cal", situados en el término municipal de Puerto de la Cruz.
II. Posteriormente la Resolución del Director Insular de Cultura del Cabildo Insular de Tenerife, de 25 de mayo de 2007, añade la delimitación gráfica y escrita, la justificación de la delimitación y la descripción del Bien contenidas en los anexos I y II que acompañan a esa Resolución.
III. Por Resolución del Coordinador General de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife de 12 de julio de 2007, se modifica la categoría por la de sitio etnológico continuando la tramitación del expediente conforme a esta nueva categoría, sometiendo el mismo a información pública por el plazo legalmente establecido.
IV. Habiendo sido notificado el trámite de audiencia a los interesados, por el plazo de 15 días, no consta la presentación de alegaciones en el expediente.
V. Solicitados los preceptivos dictámenes a la Universidad de La Laguna y al Organismo Autónomo de Museos y Centros, consta el informe favorable emitido por este último Organismo.
VI. Por Resolución del Coordinador General de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos del Cabildo Insular de Tenerife, de 17 de septiembre de 2007, se resuelve elevar el expediente al Gobierno de Canarias para la resolución del procedimiento, y en sesión celebrada el 24 de enero de 2008 el Consejo Canario del Patrimonio Histórico emite informe favorable para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor de "Los Hornos de Cal", situados en el término municipal de Puerto de la Cruz, isla de Tenerife.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Octava de la Ley territorial 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, la tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico y el Decreto de 16 de abril de 1936 que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, visto el informe del Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 31 de marzo de 2009,
D I S P O N G O:
Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico "Los Hornos de Cal", situados en el término municipal de Puerto de la Cruz, isla de Tenerife, delimitando su entorno de protección según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los anexos I y II de este Decreto.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2009.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Paulino Rivero Baute.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Milagros Luis Brito.
A N E X O I
DESCRIPCIÓN.
Se trata de un conjunto de construcciones de interés etnográfico ubicados en la zona alta del casco urbano de Puerto de la Cruz, en el lugar conocido como Las Cabezas. Consta de cuatro hornos construidos a finales del siglo XIX por el maestro albañil Gregorio Barreto. Los dos más grandes, situados en los extremos del conjunto, disponen de una base cúbica y sobre ella troncos de cono fabricados con piedra molinera, así como con ladrillos, que delimitan las bocas de los hornos, respondiendo a la tipología característica de estas infraestructuras existentes en el pasado en otros puntos del norte de la isla. Al lado de uno de ellos se encuentra el cuarto del carbón, combustible que reemplazó a la leña de brezo y que era traído por veleros ingleses desde Gran Canaria.
El horno central dispone de cúpula de ladrillo refractario, recubierta (igual que en los anteriores) por una capa de arcilla e inspirado en modelos existentes en el puerto de Santa Cruz. A él se le adosa una construcción más pequeña -otro horno- destinado a la producción de yeso, junto al que se halla el cuarto en el que se almacenaba, de planta cuadrada y cubierta de teja a un agua.
El conjunto se completa con tanquillas de agua, el cuarto de la calera (donde se almacenaba la cal para su venta y despacho), situado junto al antiguo camino de Las Cabezas.
DELIMITACIÓN.
La delimitación del Bien de Interés Cultural se circunscribe al solar del inmueble de referencia, junto con el colindante, con un perímetro de protección que se corresponde con las vías rodadas, que circundan los hornos, así como con el muro que, hacia el sur, separa este espacio del centro docente existente.
JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN.
La justificación de la delimitación radica en la necesidad de establecer un entorno de protección que acoja un grupo de inmuebles de notable valor etnográfico y que en la actualidad han quedado recluidos en un espacio ajardinado, delimitado por un entorno urbano fuertemente transformado por el viario y por construcciones e instalaciones modernas.
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