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BOC Nº 063. Miércoles 1 de Abril de 2009 - 481

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

481 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 19 de marzo de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de febrero de 2009, relativo al Plan Territorial Especial del Corredor Transporte Público entre Las Palmas y Maspalomas (PTE-21), término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de febrero de 2009, relativo al Plan Territorial Especial del Corredor Transporte Público entre Las Palmas y Maspalomas (PTE-21), término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2009.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2009 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 27.1, apartado c) I del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por el Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial del Corredor Transporte Público entre Las Palmas y Maspalomas (PTE-21) término municipal de Las Palmas de Gran Canaria (expediente 2006/0398) en los mismos términos en que ha sido propuesto.

Segundo.- Respecto a las cuestiones Sustantivas Territoriales y Urbanísticas, no se realiza una valoración amplia y rigurosa de la ordenación, dado que continúa siendo la misma del Avance, y se difiere dicho análisis al documento que se apruebe inicialmente.

En todo caso, se advierte la necesidad de corregir en dicho documento de aprobación inicial las determinaciones relativas a la Revisión, Modificación e Interpretación del Plan contenidas en la Normativa del Avance-2, y que no corresponde regular a un instrumento de ordenación, sino ajustarse a la normativa general vigente de nuestro ordenamiento jurídico.

Tercero.- El presente Acuerdo será notificado al Cabildo Insular de Gran Canaria y publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por el Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.

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