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BOC Nº 053. Miércoles 18 de Marzo de 2009 - 387

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

387 - Instituto Canario de la Mujer.- Resolución de 10 de marzo de 2009, de la Directora, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2009 de las ayudas públicas destinadas a participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos e hijas exclusivamente a su cargo, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Mediante Resolución de esta Dirección nº 151, de 30 de abril de 2008 (B.O.C nº 94, de 12.5.08), se aprobaron las bases de vigencia indefinida de las ayudas públicas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos/as exclusivamente a su cargo, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

En las citadas bases se establecía que mediante la correspondiente convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, se determinará el número de plazas hoteleras ofertadas, la/s isla/s de ubicación del/de los establecimiento/s hotelero/s, el período de duración de la estancia, así como la dotación económica, la correspondiente aplicación presupuestaria y el lugar y plazo de presentación de las correspondientes solicitudes.

En atención a lo expuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, previa autorización de la Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, y en el uso de la competencia conferida en el artículo 10.4 del citado texto legal,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para el año 2009 la concesión de ayudas públicas para participar, en régimen de concurrencia competitiva, en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos/as exclusivamente a su cargo, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Señalar que las bases que regulan la concesión de las citadas ayudas son las contenidas y determinadas en la Resolución de esta Dirección nº 151, de 30 de abril de 2008, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 94, de 12 de mayo de 2008.

Tercero.- Establecer que la presente convocatoria tiene por objeto, dentro del ámbito previsto en la base primera de las bases de vigencia indefinida que han de regir el procedimiento de concesión de las ayudas para participar en el programa de estancias de tiempo libre, la ocupación, en los hoteles que se designen, uno en Gran Canaria y otro en Tenerife, de 102 plazas hoteleras entre las mujeres y las hijas e hijos que les acompañen, durante un período de siete (7) días, seis (6) noches.

Cuarto.- Fijar el plazo de presentación de solicitudes en veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Instituto Canario de la Mujer, en las dependencias de este organismo sitas en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, 3ª planta, Edificio de Servicios Múltiples II, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle San Sebastián, 53, Edificio Príncipe Felipe, 3ª planta, 38003-Santa Cruz de Tenerife, así como en cualquiera de los registros, oficinas o representaciones señaladas en el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio (B.O.C. nº 102, de 19.8.94). Asimismo, se podrán presentar en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso de presentarse la solicitud en las Oficinas de Correos, deberá entregarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento se haga constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión. Estas circunstancias deberán constar en el resguardo justificativo que se entrega al efecto. Asimismo, se exigirá que se hagan constar las circunstancias del envío en los términos establecidos en el artículo 31 del Reglamento que regula la prestación de servicios postales, aprobado por el Real Decreto 1.829/1999, de 3 de diciembre (B.O.E. nº 313, de 31.12.99). De no ser así, sólo se reconocerán efectos probatorios de la presentación de la solicitud de subvención dentro de plazo a aquellos documentos en los que consten, con precisión, además de la fecha de entrega y el centro de destino, la naturaleza y el contenido del envío realizado.

Quinto.- Señalar que el importe del crédito presupuestario que se destina a la presente convocatoria asciende a cincuenta mil (50.000,00) euros, que se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 2009 23 01 323B 460.00 Proyecto 234B0102 Actuaciones de Prevención y Sensibilización en materia de violencia de género.

Dicha dotación podrá incrementarse siempre que exista crédito adecuado y suficiente para efectuarla y se realice antes de dictarse la resolución que pone fin al procedimiento de concesión.

Sexto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Directora del Instituto Canario de la Mujer, en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos (2) meses, desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

De optarse por la interposición del recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición, o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2009.- La Directora, Isabel de Luis Lorenzo.

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