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BOC Nº 038. Miércoles 25 de Febrero de 2009 - 267

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

267 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 10 de febrero de 2009, por la que se dispone la publicación de la Adenda al Convenio de Colaboración suscrito el 24 de noviembre de 2008 entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la entidad pública Red.Es para el desarrollo del programa "Registro Civil en línea" incluido en el Plan Avanza.

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Firmado con fecha 30 de diciembre de 2008 la Adenda al Convenio suscrito el 24 de noviembre de 2008, entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la entidad pública Red.Es para el desarrollo del Programa "Registro Civil en línea" incluido en el Plan Avanza.

Registrada dicha Adenda al Convenio en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

Considerando lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Publicar la Adenda al Convenio suscrito el 24 de noviembre de 2008 entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la entidad pública Red.Es para el desarrollo del Programa "Registro Civil en línea" incluido en el Plan Avanza que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de febrero de 2009.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Dolores Alonso Álamo.

A N E X O

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA "REGISTRO CIVIL EN LÍNEA" INCLUIDO EN EL PLAN AVANZA.

Madrid, a 30 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Miguel Ruano León, actuando en calidad de Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, según nombramiento efectuado por Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artº. 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y de acuerdo con el Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

De otra parte, el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.Es, D. Sebastián Muriel Herrero, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor por el Consejo de Administración de Red.Es de acuerdo con el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.Es.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y Red.Es podrán ser denominadas, individualmente "la parte" y de forma conjunta "las partes".

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente Adenda y en su virtud,

EXPONEN:

Primero.- Que con fecha 17 de mayo de 2006 el Ministerio de Justicia y la Entidad Pública Empresarial Red.Es suscribieron el Convenio Marco de colaboración para la puesta en marcha del programa "Registro Civil en línea" incluido en el Plan Avanza (en adelante "Convenio Marco de colaboración").

Segundo.- Que en relación con lo anterior, con fecha 24 de noviembre de 2008 las partes suscribieron el Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Canarias y la Entidad Pública Empresarial Red.Es para el desarrollo del Programa "Registro Civil en Línea" incluido en el Plan Avanza (en adelante "Convenio Bilateral de colaboración").

Tercero.- Que la cláusula decimosegunda del Convenio Bilateral de colaboración bajo la rúbrica "Vigencia del presente Convenio Bilateral" establece que:

"El presente Convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes a partir de ese momento por períodos anuales sucesivos."

Cuarto.- Que por motivos no imputables a las partes, la ejecución de las actuaciones objeto del Convenio no han finalizado, por lo que se considera conveniente prorrogar la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2009.

Quinto.- Que la ejecución de las inversiones previstas a realizar las partes durante el período temporal comprendido en la presente Adenda, quedarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria de las partes.

Por todo lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN:

Único.- Modificar el Convenio Bilateral de Colaboración, en los siguientes términos:

1. Se modifica la cláusula decimosegunda de "Vigencia del presente Convenio" que queda redactada en los siguientes términos:

"El Convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009.

Sin perjuicio de lo anterior, el Convenio mantendrá su vigencia hasta la finalización de aquellas actuaciones que hubieran sido licitadas antes de la fecha de finalización del plazo estipulado en el párrafo anterior."

2. Se introduce la cláusula decimocuarta de "Ejecución Presupuestaria" que queda redactada en los siguientes términos:

"La ejecución de las inversiones previstas a realizar por las partes durante el período temporal comprendido en la presente Adenda, quedarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria de las partes."

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.- El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.Es, D. Sebastián Muriel Herrero.- El Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, D. José Miguel Ruano León.

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