Ignorando el domicilio a efectos de notificación a D.Bortolo Purgato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero), y siendo necesario notificarle la sanción impuesta en el expediente sancionador S-1/08,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Bortolo Purgato, lo siguiente:
En relación con el expediente de referencia que se tramita en este Instituto Canario de la Vivienda, por celebrar compraventa de una vivienda protegida sin los requisitos de formalización obligatorios, sita en la Avenida Juan Carlos I, Edificio Cristimar, 39, Los Cristianos, término municipal de Arona, le comunico que, siendo firme la Resolución de este Instituto Canario de la Vivienda de fecha 6 de marzo de 2008, se acompaña documento de ingreso que deberá hacer efectivo en la Caja General de Ahorros de Canarias, en la C.C. nº 2065 0158 78 1110010024, por importe de tres mil un (3.001,00) euros, correspondiente a la sanción impuesta.
Asimismo, en un plazo máximo de quince días deberá presentar en este Instituto, copia para la Administración, sellada por el Banco del Documento de Ingreso, acreditativa de su abono. En caso contrario, se procederá por la vía de apremio.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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