BOC - 2008/248. Viernes 12 de Diciembre de 2008 - 1936

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1936 - Comisionado de Acción Exterior.- Resolución de 10 de diciembre de 2008, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria relativa a la concesión de subvenciones para la financiación de actividades derivadas de la realización de actos de carácter cultural y social a celebrar por las Entidades Canarias en el Exterior, en el año 2008.

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Vista la iniciativa de la Viceconsejería de Emigración y Cooperación con América, para modificar el plazo de resolución de la convocatoria de referencia, así como la propuesta de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, al respecto.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de la Comisionada de Acción Exterior de fecha 22 de septiembre de 2008, se procedió a aprobar las bases y efectuar convocatoria de subvenciones para la financiación de actividades derivadas de la realización de actos de carácter cultural y social a celebrar por las Entidades Canarias en el Exterior, para el año 2008.

Segundo.- El apartado 1 de la base decimotercera de la citada convocatoria, establece que "la resolución de la presente convocatoria, no excederá del día 15 de diciembre de 2008".

Tercero.- Dicha convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 28 de octubre de 2008 y el plazo para la presentación de solicitudes finalizó el 15 de noviembre de 2008, de acuerdo con lo establecido en la base séptima de la mencionada convocatoria.

Debido a la lejanía geográfica y las dificultades para la comunicación con los beneficiarios, los requerimientos para la subsanación de las solicitudes se prolongan en el tiempo y unido al elevado número de solicitudes presentadas que cumplen los requisitos, va a ser necesario que, al amparo de lo dispuesto en la base duodécima, gran número de Entidades beneficiarias tengan que reformular su solicitud, por ser insuficiente el crédito destinado para atender tales solicitudes, por lo que, no será posible resolver la convocatoria en el plazo establecido en la base decimotercera, siendo necesario ampliar el mismo, hasta el 30 de diciembre de 2008.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El apartado 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispone que "... Excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes y sólo una vez agotados todos los medios a disposición posibles.

De acordarse, finalmente la ampliación del plazo máximo, éste no podrá ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento ..."

Segunda.- El apartado 3 del artículo 10 del Decreto 52/2001, de 19 de febrero, por el que se establece el régimen de ayudas y subvenciones a los canarios y Entidades Canarias en el Exterior, dispone que corresponde aprobar las bases y efectuar la convocatoria, y por ende la modificación de las mismas, al órgano competente para la concesión, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica u órgano asimilado.

Tercera.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2.d) del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 129/2008, de 3 de junio, corresponde a la Comisionada de Acción Exterior la aprobación de las bases, convocatoria y resolución de los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones correspondientes a su programa presupuestario y a los programas de sus órganos dependientes.

Cuarta.- La modificación que se pretende, relativa a la ampliación del plazo de resolución, no afecta al régimen de concurrencia, por lo que, no es preciso concederse nuevo plazo de presentación de solicitudes.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de la competencia legalmente atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el apartado 1 de la base decimotercera del anexo I de la Resolución de la Comisionada de Acción Exterior de 15 de octubre de 2008, por la que se aprueban las bases y se efectúa convocatoria de subvenciones para la financiación de actividades derivadas de la realización de actos de carácter cultural y social a celebrar por las Entidades Canarias en el Exterior, en el año 2008, que queda redactado en los términos que a continuación se expresan:

"Base decimotercera.- Plazo de resolución, notificación y publicación.

13.1. La resolución de la presente convocatoria, no excederá del día 30 de diciembre de 2008."

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución no cabe interponer recurso alguno, según lo dispuesto en el último párrafo del apartado 6 del artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de diciembre de 2008.- La Comisionada de Acción Exterior, Elsa Casas Cabello.



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