BOC - 2008/248. Viernes 12 de Diciembre de 2008 - 1935

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1935 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 2 de diciembre de 2008, por la que se dispone el nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes seleccionados en virtud de las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad de 5 de septiembre de 2007 (B.O.C. nº 183, de 12.9.07), y se les adjudica puestos de trabajo.

Descargar en formato pdf

Vista la documentación aportada por los aspirantes seleccionados dentro del plazo establecido en la base 15 de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, de 5 de septiembre de 2007, por la que se convocan las pruebas selectivas para ingresar en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en la Resolución de 3 de octubre de 2008 de la Dirección General de la Función Pública por la que se hace pública la relación de aspirantes seleccionados y se les ofertan los puestos de trabajo (B.O.C. nº 214, de 24.10.08).

Esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia prevista en el artículo 58 del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad,

R E S U E L V E:

Primero.- Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A, Subgrupo A1) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los aspirantes seleccionados relacionados a continuación y asignarles número de Registro de Personal:

Ver anexos - página 25139

Tercero.- La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas deberá efectuarse el quinto día contado a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Decaerán en su derecho quienes no tomaran posesión ese día.

Cuarto.- Los efectos económicos del nombramiento de funcionarios en prácticas se ajustará a lo establecido en el Decreto 130/1990, de 29 de junio, sobre retribuciones de los funcionarios en prácticas de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 121, de 26.9.90).

Quinto.- El período de prácticas tendrá una duración de tres meses. Superarán dicho período los funcionarios en prácticas que obtengan un informe favorable de la actuación y aprovechamiento en su puesto emitido por el Secretario General Técnico correspondiente u órgano equivalente.

Además los funcionarios en prácticas deberán realizar y superar un curso en el Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.), que tendrá una duración de 90 horas, a impartir en un plazo máximo de 3 meses. Superarán el curso aquellos funcionarios en prácticas que obtengan el certificado de aprovechamiento expedido por el I.C.A.P. Dicho certificado se otorgará a los que asistan, como mínimo, al 90% del período de duración del curso.

Esta Dirección General, visto el certificado de aprovechamiento expedido por el I.C.A.P., así como el informe que emita el Secretario General Técnico correspondiente u órgano equivalente, calificará el período de apto o no apto, siendo necesario la calificación de apto para superar el período de prácticas.

Sexto.- Los aspirantes que no superen el período de prácticas y el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada de esta Dirección General.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; significando que, en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 2008.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.



© Gobierno de Canarias