Con el fin de garantizar que las personas interesadas dispongan de plazo suficiente para matricularse en el Curso de Cualificación Pedagógica y teniendo en cuenta el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- Mediante la Orden Departamental de 9 de octubre de 2008 se aprobaron las bases y la convocatoria del Curso de Cualificación Pedagógica, correspondiente al año académico 2008/2009 (B.O.C. nº 218, de 30.10.08). Se hace necesario, dada la brevedad del plazo anterior, establecer un nuevo plazo de matrícula.
Al anterior hecho le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- De conformidad con la Disposición Transitoria Octava y la Disposición Transitoria Undécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E. nº 106, de 4.5.06), sobre formación pedagógica y didáctica.
Segundo.- Es de aplicación lo previsto en la Disposición Transitoria Única del Título V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria Decimoséptima de la citada Ley (B.O.E. nº 53, de 2.3.07).
Tercero.- De conformidad con las Órdenes de 13 de junio de 1996 (B.O.C. nº 74, de 19.6.96), de 17 de febrero de 1997 (B.O.C. nº 35, de 17.3.97), y de 23 de febrero de 2000 (B.O.C. nº 31, de 10.3.00), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, por las que se desarrollan para la Comunidad Autónoma de Canarias el Plan de Estudios del Curso de Cualificación Pedagógica y las condiciones generales para su realización.
Cuarto.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual.
De acuerdo con ello, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 141, de 14.7.07),
D I S P O N G O:
Primero.- Establecer un nuevo plazo de matrícula en el Curso de Cualificación Pedagógica, correspondiente al año académico 2008/2009, que será desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias hasta el 14 de noviembre de 2008. El procedimiento para este fin será el determinado en la Orden Departamental de 9 de octubre de 2008.
Segundo.- A estos efectos, la Universidad de la Laguna remitirá, el día 14 de noviembre de 2008, la certificación sobre el número de alumnos y alumnas inscritos a la que hace referencia la base segunda de la citada Orden Departamental de 9 de octubre de 2008.
Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 2008.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Milagros Luis Brito.
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