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BOC Nº 258. Viernes 28 de Diciembre de 2007 - 2128

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2128 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 17 de diciembre de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2007, relativo al P.G.O. Adeje, Adaptación Básica al TRLOTC, Subsanación de Deficiencias Acuerdo C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, aprobación definitiva ámbito suspendido Polígono 2 del Sector 11.- Expte. nº 2006/0257, ant. 141/02.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2007, relativo al P.G.O. Adeje. Adaptación Básica al TRLOTC. Subsanación de deficiencias Acuerdo C.O.T.M.A.C. de 5 de abril de 2004, aprobación definitiva ámbito suspendido Polígono 2 del Sector 11 (expediente 2006/0257, ant. 141/02), cuyo texto se adjunta como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2007.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espejo.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Declarar subsanadas las deficiencias detalladas en el apartado 1º del Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 5 de abril de 2004, así como el derivado del informe de la Consejería de Turismo de fecha 9 de septiembre de 2005 y los reparos contenidos en los informes técnicos y jurídicos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial que se refieren a:

1.c) AU-13. Playa de Las Américas.

1.c) AU-21. Los Menores.

1.d.2) SO23. Entorno de El Galeón (Revisión Parcial de las Normas Subsidiarias en el entorno del Sector 11) (apartados 1 y 2).

Segundo.- Levantar la suspensión del Polígono 2 del Sector 11 (El Galeón) una vez cumplimentado el requerimiento formulado por el Acuerdo de aprobación definitiva.

Tercero.- Desestimar las peticiones formuladas por D. Lorenzo Sandoval Díaz por cuanto el Plan General municipal se ha limitado a plasmar la delimitación de las Áreas de Regulación Homogénea Ambiental 1-Barrancos recogidas en el Plan Insular de Ordenación de Tenerife a lo que viene legalmente obligado. Por otra parte, significar que la presunta existencia de un error en la localización del barranco de Iboybo y lo que haya podido influir en las determinaciones del PIOT, sólo puede ser valorado y, en su caso producir las rectificaciones que, en su caso, deban operarse en el propio PIOT sin que ello pueda impedir la definitiva aprobación y vigencia del planeamiento general de Adeje. La imposibilidad procedimental de acceder a la pretensión del interesado, paralizando el expediente para proceder a una readscripción de la ARH, resulta extemporánea al haberse producido la aprobación definitiva del Plan General, aunque de forma parcial, desde el 5 de abril de 2004, sin perjuicio de que pueda el alegante reproducir su solicitud en la tramitación de la adaptación plena del plan general al Texto Refundido 1/2000 y a las Directrices de Ordenación General.

Cuarto.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Adeje, al Cabildo Insular de Tenerife y a D. Lorenzo Sandoval Díaz. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Ana María del Hoyo Mora.

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