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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a quince de noviembre de dos mil cinco.
Vistos por Dña. Teresa Durán Mayoral, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Doce de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario sobre acción de dominio nº 1366/2004 iniciados a instancia del Procurador D. Jesús Quevedo González en nombre y representación de D. Salvador Suárez Martell contra Dña. Dulce María Hernández Suárez, y contra los herederos de D. Domingo Betancor Suárez, siendo estos últimos D. Domingo Betancor Hernández, Dña. Dulce Betancor Hernández, en situación procesal de rebeldía, y D. Diego Betancor Hernández, en situación procesal de rebeldía, en los que ha recaído resolución, en nombre de S.M. El Rey, en base a los siguientes: ...).
FALLO
Que, estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Salvador Suárez Martell, contra Dña. Dulce Hernández Suárez, D. Domingo Betancor Hernández, Dña. Dulce Betancor Hernández y D. Diego Betancor Hernández, debo declarar y declaro que D. Salvador Suárez Martell es el propietario frente a todos los demandados de la finca descrita en el Hecho Primero del escrito de demanda y debo condenar y condeno a los demandados que procedan a suscribir ante notario cuantas escrituras fueran necesarias con el fin de que figure como tal en el Registro de la Propiedad, y bajo apercibimiento de que de no efectuarlo así, se procederá de oficio a realizarlo en sus nombres, así como se condena al pago de las costas procesales a D. Diego Betancor Hernández y a Dña. Dulce Betancor Hernández.
Así, por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en un plazo de cinco días desde su notificación, ante este órgano jurisdiccional, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: leída y publicada ha sido la anterior resolución por S.Sª. la jueza que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. Dulce María Hernández Suárez, Dña. Dulce María Betancor Hernández, D. Diego Manuel Betancor Hernández, D. Domingo Betancor Hernández y los herederos de D. Domingo Betancor Suárez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de septiembre de 2007.- El/la Secretario.
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