El/la Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 6.
HACE SABER: que en lo autos que luego se dirán consta la sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
El Sr. D. José Ramón Corral Quintana, Magistrado Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta capital y su partido, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente
SENTENCIA
En Arona, a 18 de julio de 2007.
Vistos por mí, José Ramón Corral Quintana, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Seis de Arona y su correspondiente partido judicial, los presentes autos de Modificación de Medidas Definitivas, registrados con el nº 493/2006, e instados por Lee David Rossner, que actúa como demandante y reconvenido siendo representado por la procuradora María Isabel Navarro Gómez y asistido por la letrada María Elena del Barrio Gómez, contra Alejandra María Jaramillo Machado, todo ello en consideración a los siguientes.
FALLO
Estimar íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de Lee David Rossner acordando las siguientes medidas:
a) Se otorga la patria potestad y la guarda y custodia del menor Klaus Dieter Rossner a su padre Lee David Rossner.
b) Se establece el derecho de la madre de visitar al hijo y tenerlo en su compañía todos las lunes y jueves desde la salida del menor del centro escolar al que asiste o desde las 16 horas si el día no fuere lectivo hasta las 20 horas, debiendo ser el menor recogido en el centro escolar o en su caso en el domicilio paterno.
c) Se acuerda el cese de la obligación del padre de abonar cantidad alguna a la madre en concepto de alimentos para el hijo del matrimonio.
Toda ello se acuerda sin expresa imposición a las partes de las costas de este procedimiento.
En aplicación de lo dispuesto por los artículos 248.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 208.4 de la NLEC notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que la misma no es firme puesto que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que, en su caso, se habrá de preparar por escrito dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, tramitándose de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y concordantes de la ley procesal civil.
Así lo acuerda, manda y firma José Ramón Corral Quintana, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Seis de Arona y su partido judicial.
Y expido el presente para que sirva de notificación a la parte demandada cuyo último domicilio se desconoce.
Dado en Arona, a 26 de julio de 2007.- El/la Secretario/a.
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