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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Güímar.
JUICIO: ordinario 0000361/2002.
PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Olsen y Cía. y S.A.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. Stanley Blazkiewick.
SOBRE: reclamación de cantidad.
En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Dña. Laura C. Paule González, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Güímar y su partido ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
En la ciudad de Güímar, a 11 de julio de 2005; habiendo visto y oído los presentes autos de juicio ordinario, tramitados ante este Juzgado bajo el nº 361/02, y entre las partes, como demandante la entidad mercantil Olsen y Compañía, Sociedad Limitada, representada por la procuradora Dña. Alicia González Rodríguez y asistida del letrado D. David Cáceres González; y como demandado D. Stanley Blazkiewick, en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda presentada por la entidad mercantil Olsen y Compañía Sociedad Limitada, representada por la procuradora Dña. Alicia González Rodríguez y asistida del letrado D. David Cáceres González, debo condenar y condeno al demandado al abono de la suma de doce mil seiscientos sesenta y seis con treinta y seis céntimos de euros (12.666,36 euros), más los intereses legales, todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
Líbrese y únase certificación literal a las actuaciones, incluyéndose el original en el Libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 8 de noviembre de 2005 el señor Juez, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.
En Güímar, a 8 de noviembre de 2005.- El/la Secretario Judicial.
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