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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Pablo Falcón González de la resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 2516, de fecha 24 de julio de 2007, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Pablo Falcón González la resolución nº 2516 de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 24 de julio de 2007, recaída en el expediente instruido en esta Agencia con referencia R.P. 930/2006, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
R E S U E L V O:
Primero.- Imponer a D. Pablo Falcón González una multa de tres mil ciento cincuenta y cinco (3.155) euros, como responsable de la comisión de una infracción tipificada y clasificada de leve en el artículo 38.4.a) de la Ley 1/1999, de Residuos de Canarias, consistente en el ejercicio de una actividad productora de residuos peligrosos (disolventes), sin que se haya inscrito en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, cometida en el taller sito en la calle Cuesta Carretas, 14, de Marzagán, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Segundo.- Imponer a D. Pablo Falcón González una multa de tres mil ciento cincuenta y cinco (3.155) euros, como responsable de la comisión de una infracción tipificada y clasificada de leve en el artículo 38.4.c), en relación con los artículos 38.3.d) y 19 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, consistente en el incumplimiento de las determinaciones legales en la gestión y manejo de los residuos peligrosos, en lo relativo a no acreditar la entrega a gestor autorizado de los residuos peligrosos generados (disolventes) cometida en el taller sito en la calle Cuesta Carretas, 14, de Marzagán, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Tercero.- Notificar la presente Resolución al infractor y demás interesados, advirtiéndole de que contra el presente acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente el pertinente recurso de reposición ante este Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que por turno corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de agosto de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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