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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 7 de Arona.
JUICIO: guarda cust. y alimentos hijos extramatr. 0000272/2003.
PARTE DEMANDANTE: Dña. Mariama Trawally.
PARTE DEMANDADA: D. Osman Kamara.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
Que con estimación de la demanda de adopción de medidas paternofiliales planteada por Dña. Mariama Trawally contra D. Osman Kamara, debo acordar las siguientes medidas respecto de la hija menor de la pareja, Adama:
1º) La guarda y custodia de la hija menor se atribuye a la madre Dña. Mariama Trawally, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2º) En concepto de pensión alimenticia a favor del menor, el padre abonará la cantidad de 400 euros, que deberán ser ingresados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta bancaria que designe la actora, siendo revisado el importe anualmente con arreglo al IPC, sin perjuicio de los gastos extraordinarios que serán asumidos por los progenitores en partes iguales.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas originadas en este procedimiento, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes, si las hubiere por mitad.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, debiendo interponerse ante este mismo Juzgado en el término de cinco días desde la notificación.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada D. Osman Kamara, por diligencia de ordenación y de conformidad con el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
En Arona, a 15 de septiembre de 2006.- El/la Secretario Judicial.
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