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BOC Nº 123. Miércoles 20 de Junio de 2007 - 995

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Justicia

995 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 5 de junio de 2007, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Viceintervención, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Viceintervención, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Por Resolución de esta Dirección General, de 3 de noviembre de 2000 (Registro de Resoluciones nº 1.539 de publicación en el B.O.C. nº 151, de 17.11.00), se clasificó el puesto objeto de la presente convocatoria como puesto a proveer por el sistema de libre designación.

2º) Mediante oficio de 24 de mayo de 2007 (Registro de Salida nº 29.355, de 24 de mayo), que tuvo entrada en esta Dirección General el día 25 de mayo de 2007 (Registro General nº 635.818; DGFP/9.797), el Sr. Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas remitió copia de la Resolución nº 13.791/2007, de 25 de abril, por la que se aprueba la convocatoria por el procedimiento de libre designación y sus correspondientes bases, para la provisión del puesto de Viceinterventor de la Corporación, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 28.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo noveno del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, norma reglamentaria vigente de acuerdo con la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la convocatoria para cubrir los puestos de libre designación corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del Diario en el que ha sido publicada. La Dirección General para la Administración Local dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. Y especifica, además, que la indicada convocatoria se realizará en el plazo máximo de tres meses desde que el puesto hubiese resultado vacante.

Segunda.- Corresponde a esta Dirección General el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, aprobado por Decreto 40/2004, de 30 de marzo (B.O.C. nº 70, de 13 de abril).

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Único.- Dar publicidad a la convocatoria y bases, aprobadas por Resolución del Sr. Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Viceintervención, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, que se transcriben a continuación:

"Resolución nº 13.791/2007, de fecha 25 de abril, del Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba la convocatoria por el procedimiento de libre designación y sus correspondientes bases, para la provisión del puesto de Viceinterventor del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

Visto el expediente relativo a la convocatoria por el procedimiento de libre designación, para la provisión del puesto de Viceinterventor, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, se acreditan los siguientes

ANTECEDENTES

I.- En la Plantilla de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2006 (B.O.P. nº 15, de 31.1.07), modificada por acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación de fecha 23 de febrero de 2007 (B.O.P. nº 34, de 14.3.07), existe vacante la plaza de Viceinterventor, con las siguientes especificaciones:

- Del puesto: puesto reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

- Del sistema de provisión: la provisión del puesto se efectuará por el sistema de libre designación previsto en el artículo 99 de la Ley 7/1995, y en las disposiciones reglamentarias de su desarrollo, haciéndole extensivo el acuerdo plenario de fecha 30 de junio de 2000 por el que se acordó que el sistema de provisión de los puestos de trabajo reservados a los funcionarios de habilitación de carácter nacional de esta Corporación sería el de libre designación.

- De dotación presupuestaria:

El sueldo base y la antigüedad será el que se establezca en los Presupuestos Generales del Estado de cada año para los funcionarios de carrera del Grupo A.

El complemento de destino: el que igualmente se establezca anualmente en los Presupuestos Generales del Estado para el nivel 30.

El complemento específico referido al ejercicio de 2007: 27.492,48 euros.

II.- Orden de convocatoria del Sr. Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios de fecha 25 de abril de 2007.

III.- Informe del Servicio de Personal de fecha 25 de abril de 2007, en sentido favorable a la aprobación de la convocatoria.

IV.- Disposiciones legales y reglamentarias de aplicación:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de medidas para la modernización del gobierno local.

- Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

V.- Los artículos 89, 90 y 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, establecen las competencias del municipio en materia de personal a su servicio.

VI.- El artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, establece que corresponde a la Junta de Gobierno Local aprobar las bases de las convocatorias de selección del personal.

VII.- La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de 15 de enero de 2004, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 22, de 20 de febrero de 2004: "... Primero.- Se delegan en las Concejalías de Áreas, en el marco de sus respectivas competencias por razón de la materia, las funciones que el artículo 127.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, otorga a la Junta en las siguientes materias: ... 8. Aprobar las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo [letra h)], residenciando su ejercicio en el Concejal Delegado en materia de personal.

VIII.- Por Decreto 22487/2004, de 7 de octubre, de la Alcaldía-Presidencia, se delegan determinadas atribuciones en el Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios y en el Directos General de Recursos Humanos, reservándose otras para el Concejal Delegado del Área de Hacienda, Recursos y Calidad de los Servicios, el cual es convalidado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de fecha 30 de diciembre de 2004.

IX.- La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de 23 de noviembre de 2006, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: "Primero.- La modificación del acuerdo de 30 de diciembre de 2004, de la Junta de Gobierno de la ciudad, por el que, convalidando el Decreto nº 22487/2004, de 7 de octubre, se delegan determinadas atribuciones en el Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios, en su dispositivo primero, que toma la siguiente redacción: "Primero.- Delegar en el Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios todas las competencias en materia de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios, incluidas las de relación con los Órganos de Representación de los Trabajadores, así como la negociación con las organizaciones sindicales en todos sus conceptos, y que comprende las siguientes unidades administrativas: Personal, Prevención de Riesgos Laborales, Formación, Calidad y Archivo y Reprografía ...".

En su virtud, esta Coordinación General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar las bases que regirán dicha convocatoria que son del siguiente texto:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE VICEINTERVENTOR, RESERVADO A LA ESCALA DE FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, SUBESCALA DE INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA SUPERIOR.

1.- Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para la provisión por el sistema previsto en el artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, del puesto de Viceinterventor, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

2.- Características del puesto.

2.1. El puesto a proveer se encuentra incluido en la Plantilla de Puestos de Trabajo aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 22 de diciembre de 2006 (B.O.P. nº 15, de 31.1.07) y posterior modificación aprobada por el Pleno de la Corporación de fecha 23 de febrero de 2007 (B.O.P. nº 34, de 14.3.07).

2.2. El sistema de provisión es el de libre designación.

2.3. El complemento específico referido al ejercicio de 2007 es de 27.492,48 euros anuales, según la dotación presupuestaria de dicho ejercicio.

3.- Requisitos.

Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto en caso de ser nombrado:

Estar integrado en la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior y no encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:

- Estar inhabilitado o suspendido en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, sin haber transcurrido el tiempo señalado en ella.

- Estar destituido en virtud del artº. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

- Estar en situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artº. 29.3.c) y d), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.

4.- Convocatoria.

La convocatoria será remitida a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, al objeto de que proceda a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y la posterior publicación de su extracto por la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Solicitudes.

5.1. Los interesados dirigirán sus solicitudes al Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, acompañando a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño que figuran en la base 3ª de esta convocatoria y se presentarán en el Registro General de la Corporación, pudiendo realizarse igualmente en la forma que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo al Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios por fax al número (928) 446560 o por e-mail a la dirección vvalientlaspalmasgc.es dentro del plazo establecido.

5.2. Junto con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su currículum vitae en el que constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto, debidamente acreditados documentalmente (originales o copias compulsadas).

6.- Resolución.

El Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios, procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo del mes siguiente a la fecha de terminación del plazo de presentación de las solicitudes, dando cuenta a la Junta de Gobierno de la ciudad y al Pleno Municipal, así como su oportuna comunicación al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Dirección General de Cooperación Local de la Administración General del Estado para su anotación en los registros correspondientes y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

7.- Plazo posesorio.

El plazo posesorio y la toma de posesión del puesto se ajustará a lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 1.732/1994, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

8.- Norma supletoria.

Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo de la Administración Local reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, según la modificación efectuada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones concordantes.

9.- Impugnación.

Contra las presentes bases podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Coordinador General de Recursos Humanos y Calidad de los Servicios dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de las mismas, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada. Todo ello de conformidad con el vigente tenor de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que pueda ejecutarse otro recurso que se estime pertinente.

Segundo.- Aprobar la convocatoria para la provisión con carácter definitivo del puesto de trabajo de Viceinterventor, por el sistema de libre designación, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, según redacción dada por el Real Decreto 2/1994, de 25 de junio, artículos 17 y siguientes del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Tercero.- Comunicar la presente Resolución a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, al objeto de que proceda a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y la posterior publicación de su extracto por la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas en el Boletín Oficial del Estado.

Dado con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno Local, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Octava, letra d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y Decreto nº 115/2004, de 7 de enero, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 22, de fecha 20 de febrero de 2004, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 2007."

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de junio de 2007.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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