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Visto el expediente de referencia, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las subvenciones concedidas se regulan por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas y Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho programa.
Segundo.- En el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03), se establece que con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Tercero.- El Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (B.O.E. de 7.4.06), establece en su artículo 2.1.h) la autorización para la concesión directa de las becas de los alumnos del Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios.
Cuarto.- Los proyectos de Escuelas Taller pueden tener una duración entre uno y dos años, dividida en fases de seis meses. Los proyectos de Casas de Oficios y Talleres de Empleo tendrán una duración de un año dividida en dos fases de seis meses. En el ejercicio presupuestario de 2006 se han abonado subvenciones con cargo a estos programas para la realización de las sucesivas fases, cuya concesión se resolvió en ejercicios presupuestarios anteriores y no habían sido publicadas.
A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo.
Segundo.- El artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que "los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial correspondiente, y en los términos que se fijen reglamentariamente, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención".
En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,
R E S U E L V O:
Primero.- La publicación de las subvenciones concedidas en el ejercicio presupuestario de 2006 que se relacionan en el anexo I, referentes a estos Programas cuya finalidad es mejorar la ocupabilidad de jóvenes o mayores de veinticinco años desempleados, para facilitar su inserción laboral:
· Esta subvención se financia con cargo al crédito consignado en las siguientes aplicaciones del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2006: Aplicaciones 23.01.322H.470.00, proyecto 23454601 "Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo" y 23.01.322H.470.00, proyecto 23454101 "II PIEC Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo", por un presupuesto global de treinta y siete millones trescientos cuarenta y cinco mil trescientos treinta y ocho (37.345.338,00) euros.
· Este presupuesto global ha sido aprobado por la Conferencia Sectorial, Orden TAS/1075/2006, de 29 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2006, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos generales (B.O.E. nº 87, de 12.4.06).
· La presente subvención se encuentra cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en un 65% mediante el Programa Operativo 2000 ES 051 PO 017 (Eje 42: Inserción y reinserción ocupacional de los desempleados, Medida 6.3: Talleres de Empleo y Medida 8.1: Escuelas Taller y Casas de Oficios).
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.
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