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Apreciados errores en la Resolución de 9 de febrero de 2007, por la que se hace pública la convocatoria de concurso de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir posibles sustituciones en determinadas especialidades de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Formación Profesional y Artes Plásticas y Diseño y teniendo en cuenta lo siguiente
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- La mencionada Resolución de 9 de febrero de 2007, de esta Dirección General de Personal, establece en el anexo II (Titulaciones que capacitan para el desempeño de puestos como interino en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria) las titulaciones requeridas para Psicología y Pedagogía, omitiéndose la titulación de Psicopedagogía.
Segundo.- Asimismo, la mencionada Resolución establece en el anexo I las especialidades convocadas, entre ellas como Profesor Técnico de Formación Profesional, la especialidad de Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas. Asimismo en el anexo II se establecen las titulaciones que capacitan para el desempeño de las especialidades convocadas, omitiéndose las titulaciones necesarias para la mencionada especialidad.
De acuerdo con lo expuesto y teniendo en cuenta lo siguiente
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre modificación de errores materiales, aritméticos o de hecho.
En atención a las consideraciones anteriores y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06),
R E S U E L V O:
Primero.- Rectificar el anexo II (Titulaciones que capacitan para el desempeño de puestos como interino en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria) de la Resolución de 9 de febrero de 2007 por la que se hace pública la convocatoria de concurso de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir posibles sustituciones, en el sentido de añadir a las titulaciones exigidas para impartir la especialidad de Psicología y Pedagogía la titulación de Psicopedagogía.
Segundo.- Rectificar el anexo II (Titulaciones que capacitan para el desempeño de puestos como interino en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional) de la mencionada Resolución, en el sentido de añadir las titulaciones requeridas para la especialidad de Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas, que son las siguientes:
Titulaciones exigidas con carácter general para el desempeño de puestos como interino, especialidad Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas:
Ingeniero:
- En Automática y Electrónica Industrial.
- Industrial.
- De Materiales.
- Naval y Oceánico.
Licenciado en Máquinas Navales.
Diplomado en Máquinas Navales.
Ingeniero técnico:
- Industrial. Especialidad en Mecánica.
- En Diseño Industrial.
- Naval, especialidad en Estructuras Marinas.
- De Minas, especialidad en Mineralurgia y Metalurgia.
- Agrícola especialidad en Mecanización y construcciones Rurales.
Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia que habilitan para el desempeño de puestos como interino, especialidad Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas:
Técnico Superior en Producción por Mecanizado.
Técnico Especialista:
- En Montaje y Construcción de Maquinaria.
- En Micromecánica de Máquinas-Herramientas.
- En Micromecánica de Instrumentos.
- Instrumentista en Sistemas de Medida.
- En Utillajes y Montajes Mecánicas.
- Mecánico de Armas.
- En Fabricación Mecánica; en Máquinas-Herramientas.
- En Matricería y Moldes.
- En Control de Calidad.
- En Micromecánica y Relojería.
Tercero.- Abrir nuevo plazo de presentación de solicitudes, exclusivamente para la especialidad de Psicología y Pedagogía titulados en Psicopedagogía y para la especialidad de Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas, de ocho días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses contado a partir de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente éste o se produzca su desestimación presunta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de marzo de 2007.- El Director General de Personal, José Manuel Hernández Borges.
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