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BOC Nº 247. Viernes 22 de Diciembre de 2006 - 4735

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4735 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 1 de diciembre de 2006, de la Directora, relativo a notificación de requerimiento de subsanación de defectos, en relación al depósito de cuentas ejercicio 2005, de la entidad Color Canarias, Sociedad Cooperativa.- Expte. nº 06-38/01074.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación de Color Canarias, Sociedad Cooperativa, cuyo tenor literal es el siguiente:

Asunto: requerimiento de subsanación de defectos sobre el depósito de cuentas anuales del ejercicio 2005.

En relación con la documentación presentada en la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de la Consejería de Presidencia y Justicia de fecha 3 de agosto de 2006, registrado de entrada el 5 de septiembre de 2006 en este Servicio Canario de Empleo, con el nº 985053/65066, a los efectos de proceder a la inscripción del depósito de cuentas anuales del ejercicio 2005, y una vez examinada la documentación aportada se observa lo siguiente:

- Que a la documentación presentada deberá acompañar solicitud suscrita por el Presidente de la entidad.

- Que la certificación de los acuerdos de la Asamblea debe ser expedida por el Secretario con el Vº.Bº. del Presidente y legitimadas ambas firmas ante notario.

- Que no aporta el informe de gestión que tiene que estar firmado por todos los miembros del Consejo Rector, según señala el artículo 28 del Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas.

- Los documentos del balance y el de cuentas de pérdidas y ganancias tienen que estar firmados por todos los miembros del Consejo Rector, de acuerdo con el artº. 28 del citado Real Decreto.

- No figura inscrito el depósito de cuentas del ejercicio 2004, al no haber contestado al requerimiento de 23 de febrero de 2006; siendo requisito necesario tener inscritas las cuentas de ejercicios anteriores, según señala el artº. 61 de la Ley 27/1999, de Cooperativas y el artº. 40.3 del Real Decreto 136/2002, que recoge el principio de tracto sucesivo.

Es por lo que se requiere para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de este escrito, subsane los indicados defectos, con la advertencia de que, si no hiciere, se procederá conforme a lo establecido en el artº. 20.2 del Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas.- En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de octubre de 2006.- La Jefa de Sección del Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales, Brígida Delgado Martínez.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2006.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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