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No teniendo constancia este Instituto Canario de la Vivienda del paradero de D. Reinaldo García Santana, Francisco Rodríguez Díaz, Nicolás Quintana Cabral, Pino González Rivero, Ángeles Heredia Carmona y Josefa Rodríguez Santiago y siendo preciso notificarles las resoluciones de los expedientes que se siguen en este Instituto Canario de la Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),
R E S U E L V O:
Notificar a las personas que a continuación se relacionan, las resoluciones recaídas en los expedientes administrativos de desahucio que les ha sido instruidos y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Desahuciar a D. Reinaldo García Santana, expediente DD-39/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Las Ramblas de Jinámar, bloque 1, portal 3, bajo B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Desahuciar a D. Francisco Rodríguez Díaz, expediente DD-57/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 100 Viviendas Tinasoria, calle Tornajo, 3-B, vivienda 3, término municipal de Arrecife, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Desahuciar a D. Nicolás Quintana Cabral, expediente DD-78/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo 50 Viviendas Llanos del Polvo, vivienda 3, término municipal de Santa Lucía, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Desahuciar a Dña. Pino González Rivero, expediente DD-80/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo San Cristóbal II fase, calle Córdoba, 17, bloque 9, 11º B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Desahuciar a Dña. Ángeles Heredia Carmona, expediente DD-103/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo Las Ramblas de Jinámar, bloque 2, portal 3, bajo B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Desahuciar a Dña. Josefa Rodríguez Santiago, expediente DO-114/05, de la vivienda de promoción pública sita en el Grupo San Cristóbal II fase, calle Córdoba, 17, bloque 9, 11º B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, así como a cuantas personas o enseres se encuentren en la misma.
Proceder al lanzamiento de los mismos de las viviendas referenciadas, así como de cuantas personas, mobiliario o enseres hubieren en ella, transcurridos quince días desde la notificación de la resolución y salvo que por el interesado se haga entrega de las llaves de la mencionada vivienda, en las dependencias de este Instituto Canario de la Vivienda.
El lanzamiento será ejecutado por este Instituto Canario de Vivienda, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario, la ayuda de los agentes de la autoridad.
Contra este acto que no pone fin a la vía administrativa cabe interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso de alzada ante el Sr. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, artº. 29 del Decreto 2/2004, de 27 de enero, por el que se aprueban las normas provisionales de organización y funcionamiento del Instituto Canario de la Vivienda (B.O.C. nº 19, de 29.1.04) y en concordancia con lo previsto en el artículo 114.1 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de octubre de 2006.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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