BOC - 2006/238. Lunes 11 de Diciembre de 2006 - 4544

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

4544 - Dirección General de Estructuras Agrarias.- Anuncio de 28 de noviembre de 2006, relativo a notificación de la Resolución de 30 de diciembre de 2005, por la que se modifica la Resolución de 30 de agosto de 2005, que resolvió la convocatoria de ayudas realizada por Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocaron para el ejercicio de 2005 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 798/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

Descargar en formato pdf

En cumplimiento de lo establecido en la base 6, de la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio de 2005, las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, y por Real Decreto 172/2004, de 30 de enero, por los que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común (B.O.C. nº 243, de 16.12.04) se procede a publicar la resolución de 30 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Estructuras Agrarias, por la que se modifica la Resolución de 30 de agosto de 2005, por la que se resolvió la convocatoria de ayudas realizada por Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocaron para el ejercicio de 2005 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 798/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

Vista la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocaron para el ejercicio de 2005 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por Real Decreto 798/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

Vista la resolución de esta Dirección General de Estructuras Agrarias de 30 de agosto de 2005, por la que se concedió ayuda, en base a la Orden citada, por un importe global de 463.793,39 euros a un total de 220 solicitantes, entidades jurídicas y 910.995,17 euros a un total de 1.181 solicitantes, personas físicas.

Visto el informe-propuesta emitido por el Servicio de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural, en el que se informa que posteriormente a la citada resolución se realizaron inspecciones de campo que determinaron el cambio en las cantidades a auxiliar a 20 de los solicitantes citados, y que se recibieron escritos de 14 solicitantes cuya admisión a trámite se tradujo en cambios en las cantidades a auxiliar, y que por último, la revisión administrativa de los expedientes determinó la aparición de incidencias que suponen el cambio en las cantidades a auxiliar a 18 solicitantes, y se propone que a los 52 expedientes recogidos en los anexos 1 y 2, les corresponde una ayuda diferente a la concedida en la citada Resolución de 30 de agosto, ya que a 23 de ellos se les debe anular la ayuda y a los otros 29 se les debe modificar. En el anexo 3 se detalla para cada uno de los solicitantes las incidencias recaídas.

De acuerdo con las facultades que legalmente tengo conferidas,

R E S U E L V O:

Uno.- Modificar, para los 7 beneficiarios que figuran en el anexo 1, la Resolución de esta Dirección General de Estructuras Agrarias de 30 de agosto de 2005, por la que se concedieron ayudas en base a la Orden de 9 de diciembre de 2004, por la que se convocaron para el ejercicio de 2005 las ayudas previstas en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, que establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, modificado por el Real Decreto 798/2002, de 19 de julio, que establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común.

El importe total de la ayuda a abonar a estos siete beneficiarios asciende a 9.242,60 euros de los que 693,19 euros corresponden a la cofinanciación de la Comunidad Autónoma de Canarias (C.A.C.), 693,19 euros a la cofinanciación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y 7.586,22 euros a la cofinanciación del Feoga Garantía.

Dos.- Modificar, para los 45 beneficiarios que figuran en el anexo 2, la Resolución de esta Dirección General de Estructuras Agrarias de 30 de agosto de 2005 ya citada. Para 22 solicitantes se anula totalmente la ayuda concedida y para los 23 restantes se modifica su valor.

El importe total de la ayuda a abonar a estos 23 beneficiarios asciende a 42.147,72 euros de los que 3.161,08 euros corresponden a la cofinanciación de la Comunidad Autónoma de Canarias (C.A.C.), 3.161,08 euros a la cofinanciación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y 35.825,56 euros a la cofinanciación del Feoga Garantía.

Tres.- Abonar a los beneficiarios de la Resolución de esta Dirección General de Estructuras Agrarias de 30 de agosto de 2005, por la que se concedió ayuda en base a la Orden de 9 de septiembre ya citada, las cantidades que en ella figuran, con las modificaciones que supone la presente resolución modificatoria, explicitadas en los anexos 1 y 2.

Abonar a cada entidad jurídica beneficiaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A 470.00 LA.13400202 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente" las cantidades que en el anexo 1 de la Resolución de 30 de agosto figuran en la columna "CAC", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 34.055,24 euros.

Abonar a cada entidad jurídica beneficiaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A. 470 L.A.13401501 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente MAPA" las cantidades que en el anexo 1 de la Resolución de 30 de agosto figuran en la columna "MAPA", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 34.055,24 euros.

Abonar a cada persona física beneficiaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A. 480.00 L. A.13400202 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente" las cantidades que en el anexo 2 figuran en la columna "CAC", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 63.348,41 euros.

Abonar a cada persona física beneficiaria con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A. 480.00 L. A.13401501 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente-MAPA" las cantidades que en el anexo 2 figuran en la columna "MAPA", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 63.348,41 euros.

Abonar a cada Ayuntamiento beneficiario, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A. 450.00 LA 13400202 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente CAC" las cantidades que en el anexo 1 de la Resolución de 30 de agosto figuran en la columna "CAC", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 129,82 euros.

Abonar a cada Ayuntamiento beneficiario, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531A. 470.00 LA 13401501 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente MAPA" las cantidades que en el anexo 1 de la Resolución de 30 de agosto figuran en la columna "MAPA", con las correspondientes modificaciones de esta resolución. El importe total a transferir es de 129,82 euros.

Anular parte o todo el compromiso de gasto correspondiente a los 52 beneficiarios de la Resolución de 30 de agosto de 2005, recogidos en los anexos 1 y 2, que tienen una ayuda diferente a la concedida en la citada Resolución de 30 de agosto, por los motivos ya expuestos, ya que a 23 de ellos se les debe anular la ayuda y a los otros 29 se les debe modificar.

Así, de las aplicaciones presupuestarias 13.04.531 A. L.A. 13400202 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente" y 13.04.531 A. L. A. 13401501 "Desarrollo Agricultura Compatible Medio Ambiente-MAPA" se anulan de cada una de las siguientes cantidades: del subconcepto económico 450.00, 370,18 euros; del subconcepto económico 470.00, 944,76 euros; y del subconcepto económico 480.00, 5.159,59 euros.

Cuatro.- Poner a disposición del Ordenador General de Pagos (Tesorero General) el importe de la ayuda a cofinanciar por el MAPA y el Gobierno de Canarias para que proceda a transferir a cada uno de los beneficiarios los importes correspondientes.

Cinco.- El abono del resto de la ayuda, correspondiente a la parte cofinanciada por el FEOGA-Garantía, se tramitará ante el correspondiente organismo pagador.

Seis.- El incumplimiento por parte del beneficiario de los compromisos adquiridos al formalizar la solicitud podrá dar lugar a la obligación de reintegrar las ayudas ya percibidas.

Siete.- A todos los efectos se estará a lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Autonómica de Canarias y en el Decreto 28/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Organización y Funcionamiento de la Intervención General y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ocho.- Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos tenidos en cuenta para la obtención por parte del beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otras Administraciones o Entes públicos para la misma finalidad, dará lugar a la modificación de la presente Resolución, sin que en ningún caso pueda implicar modificación de la finalidad de la ayuda.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, con la advertencia de que contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de noviembre de 2006.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

Ver anexos - páginas 28148-28156



© Gobierno de Canarias