El Sr. Consejero Delegado de Política Territorial, Medio Ambiente, Patrimonio Histórico y Radio Insular del Excmo. Cabildo de Lanzarote.
HACE SABER: que, con fecha 30 de octubre de 2006, se ha dictado la Resolución del tenor siguiente:
RESOLUCIÓN
Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Paleontológica, a favor del yacimiento paleontológico de La Santa, situado en los términos municipales de Tinajo y La Santa, Lanzarote.
Resultando: que, con fecha 17 de junio de 2003, esta Corporación dicta la Resolución nº 2058/03, mediante la que se incoa el expediente de referencia, abriéndose un período de información pública por un plazo de treinta días en el Boletín Oficial de Canarias nº 53, de 17 de marzo de 2004.
Resultando: que, una vez recabado el informe preceptivo al que hace referencia el artículo 21.1 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, a diferentes órganos consultivos reconocidos como tal en dicha Ley, el Museo canario emite informe con fecha 15 de noviembre de 2003.
Resultando: que, D. Julio Blancas Suárez aparece en el listado catastral de interesados en dicho expediente, listado remitido por el Ayuntamiento de Tinajo. Según consta en el mismo, D. Julio Blancas Suárez es propietario de las parcelas 161 y 162 del polígono 9. Sin embargo, aparece como domicilio desconocido el de tal interesado.
Considerando: que, resulta de aplicación el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de reforma de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con relación al artículo 84 de la misma Ley, en lo que se refiere al trámite de audiencia en los expedientes administrativos.
Considerando: que, según el artículo 8.3.d) de la citada Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural incluidos en su ámbito insular.
Por lo expuesto, y en virtud de las competencias otorgadas a este Cabildo por la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias y el artículo 34, apartado 1º, letra L), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 11 de abril,
R E S U E L V O:
Abrir el trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Paleontológica, a favor del yacimiento arqueológico de La Santa, situado en los términos municipales de Teguise y Tinajo, Lanzarote, a D. Julio Blancas Suárez, el cual podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, durante un plazo de díez días, contados a partir de la publicación del presente anuncio, a cuyo efecto el expediente puede ser examinado en el Servicio de Patrimonio Histórico de este Cabildo, sito en la calle León y Castillo, 6, de Arrecife de Lanzarote, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.
Arrecife, a 30 de octubre de 2006.- El Consejero Delegado de Política Territorial, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico, Carlos Espino Angulo.
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