Habiéndose intentado la notificación de requerimiento en el domicilio que figura en los expedientes de los beneficiarios que se relacionan en el anexo I, sin haberse podido practicar, se procede conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a notificar mediante la publicación del presente anuncio, cuyo tenor literal es el siguiente:
En relación con la beca complementaria de movilidad que le fue concedida mediante Resolución de 8 de noviembre de 2004, por la que se conceden becas y ayudas complementarias para la movilidad de estudiantes que cursen estudios en Universidades de la Unión Europea y Países Asociados dentro del Programa Sócrates/Erasmus en el curso académico 2004/2005 (B.O.C. nº 230, de 25.11.04), en relación con la Orden de convocatoria de 12 de julio de 2004 (B.O.C. nº 147, de 30.7.04), y habiendo transcurrido el plazo para su justificación establecido en la base decimoséptima de la convocatoria, sin que conste en el expediente la documentación justificativa, se le requiere para que aporte en el plazo de diez días, a partir de la recepción del presente escrito, la documentación necesaria para la correspondiente justificación:
Certificado expedido por el responsable oficial del centro de destino en el que conste el período de duración de la estancia, fecha de incorporación y fecha de finalización de la estancia, original o copia cotejada.
En su defecto, deberá reintegrar la cantidad percibida en una de las cuentas del Tesoro que se señalan a continuación: Caja Insular de Ahorros de Canarias: 2052 8150 72 3500002809 o en CajaCanarias: 2065 0000 08 1114005381.
Asimismo una vez efectuado el reintegro, deberá acreditar ante esta Dirección General de Universidades e Investigación dicho reintegro presentando el resguardo original del ingreso efectuado, a efectos de su justificación.
En caso contrario se procederá al inicio del oportuno expediente de reintegro de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18.11.03) y en el Decreto 30/2004, de 23 de marzo (B.O.C. nº 65, de 2.4.04).
A N E X O I
BENEFICIARIA: Dña. Mercedes Laynez Roldán.
D.N.I.: 78572076M.
IMPORTE BECA: 1.440 euros.
BENEFICIARIA: Dña. Laura Artiles Ramírez.
D.N.I.: 78506869A.
IMPORTE BECA: 1.440 euros.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de octubre de 2006.- El Director General de Universidades e Investigación, Gonzalo Marrero Rodríguez.
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