Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de requerimiento citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a D. Francisco José Sánchez Outeiral, requerimiento de documentación P.U. de fecha 23 de mayo de 2006, con nº r.s. 352952/14660, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Examinada su solicitud de pago único de la prestación contributiva por desempleo, se le requiere para que, en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente en su Oficina de Empleo o en esta Sección de Empleo, sita en la Avenida Príncipes de España, s/n, Edificio de Seguridad e Higiene, Ofra, Santa Cruz de Tenerife, la siguiente documentación, de la cual deberá presentar dos ejemplares, uno de ellos original o fotocopia debidamente compulsadas:
- Memoria de viabilidad del proyecto, todo vez que lo presentado junto con lo solicitud el 22 de noviembre de 2005, no se corresponde con el modelo normalizado de pago único. Se acompaña modelo de memoria a cumplimentar.
- Facturas proforma relativas a los conceptos e importes que figuren en el subapartado 4.1 (plan de inversiones iniciales), de la memoria y/o facturas en el supuesto que se haya realizado la inversión, en este caso deberán ser de fecha posterior a la solicitud de pago único (22 de noviembre de 2005).
Los conceptos y los importes que figuren en el apartado 4.1 de la memoria tienen que coincidir con las facturas proforma y/o facturas que aporte.
Nota: se le recuerda que las facturas proforma y/o facturas, deberán contener los datos de la empresa que la emite (nombre de la empresa, C.I.F. o nombre y apellidos y N.I.F., en su caso), así como los datos correspondientes al cliente, esto es, nombre, apellidos y N.I.F.
Se le comunica que el abono de una sola vez del pago único, se realizará por el importe que corresponde a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, incluido el importe de las cargas tributarias para el inicio de la actividad, con el límite máximo del 40% del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo pendiente por percibir, según Ley 45/2002, de 12 de diciembre (B.O.E. nº 298, de 13 de diciembre), modificada parcialmente por el Real Decreto 1.413/2005, de 25 de noviembre (B.O.E. de 15.12.05).
Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.01.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 2006.- La Jefa de Sección de Creación de Empleo y Actividades I, María Jesús Delgado Rodríguez."
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 2006.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.
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