BOC - 2006/207. Martes 24 de Octubre de 2006 - 1418

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1418 - DECRETO 137/2006, de 13 de octubre, por el que se declara la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica "Barranco de Tinojay", situado en el término municipal de La Oliva, isla de Fuerteventura.

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Visto el expediente instruido por el Cabildo Insular de Fuerteventura, para la delimitación del entorno de protección a favor del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica "Barranco de Tinojay", situado en el término municipal de La Oliva, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I. Mediante Resolución de la Consejera Delegada de Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Fuerteventura, de 15 de marzo de 2005, se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección a favor del "Barranco de Tinojay" declarado Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, por ministerio de la Ley, situado en el término municipal de La Oliva, sometiendo el mismo a información pública, por el plazo legalmente establecido.

II. Habiendo sido notificado el trámite de audiencia a los interesados, por el plazo de 15 días, consta la presentación de alegaciones las cuales fueron desestimadas.

III. Con fecha 30 de marzo de 2005, se solicita el dictamen al Museo Arqueológico de Tenerife, la Universidad de La Laguna, la Real Academia de Bellas Artes de San Miguel Arcángel, el Instituto de Estudios Canarios y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, emitiendo informe favorable el Instituto de Estudios Canarios y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

IV. Por Decreto de la Consejera Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Fuerteventura, de 27 de abril de 2006, se resuelve elevar este expediente al Gobierno de Canarias para su declaración, y en sesión celebrada el 2 de octubre de 2006, el Consejo Canario de Patrimonio Histórico emite informe favorable para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica "Barranco de Tinojay", situado en el término municipal de La Oliva, isla de Fuerteventura.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efectos según lo determinado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

II. El artículo 26.2 de la citada Ley 4/1999, de 15 de marzo, establece que "se entiende por entorno de protección la zona periférica, exterior y continua al inmueble cuya delimitación se realiza a fin de prevenir, evitar o reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo".

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, visto el informe del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias, y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 13 de octubre de 2006,

D I S P O N G O:

Delimitar el entorno de protección del "Barranco de Tinojay", Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, situado en el término municipal de La Oliva, isla de Fuerteventura, según la descripción y ubicación en plazo que figuran en los anexos I y II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de octubre de 2006.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN.

El Barranco de Tinojay, situado en el término municipal de La Oliva, se inicia con el nombre de Barranco de Vallebrón en la ladera N. E. de Montaña de La Muda, discurriendo por el Valle de Vallebrón hasta llegar a la altura del pueblo de La Caldereta. En este punto, situado al norte de La Calderetilla, se une al Barranco del Llano del Palo. Desde ahí hasta su desembocadura en Boca del Barranco de Tinojay o en Playa de los Valdivias, recibe el nombre de Barranco de Tinojay. Es desde el tramo situado entre Rosa del Alto hasta la Rosa de Tinojay donde se localizan las estaciones de grabados, constituidas según los investigadores, por numerosos grabados naviformes, reticulados y un podomorfo, destacando, según el autor J. M. Amezcua (560:1995), unas 66 inscripciones por estar en mejores condiciones que el resto.

Los grabados están realizados sobre bloques basálticos y rocas sueltas, localizados la mayoría en la margen izquierda del Barranco, siendo más escasos en su margen derecha, probablemente porque en esta parte los líquenes impiden visualizarlos con claridad. A este deterioro natural se le une el producido por la acción humana al efectuarse algunas de estas inscripciones, sobre otras más antiguas destruyendo, en algunos casos los trazos de grabados anteriores.

Atendiendo a su concentración y distribución espacial en el territorio, los grabados rupestres del Barranco de Tinojay se han dividido en tres estaciones (ver anexo II).

El principal motivo grabado a lo largo del Barranco de Tinojay es la representación de barcos. La extraordinaria singularidad de las naves, debido tanto a la cantidad como variedad de las características representadas, convierten a los grabados naviformes del Barranco de Tinojay, en un referente cultural para la historia de Canarias en general y de Fuerteventura en particular. En Tinojay se pueden observar, a través de las naves grabadas en las rocas, las diferentes culturas que surcaron con sus barcos el Atlántico navegando por distintos motivos alrededor de la isla.

Según J. M. Amezcua (561-568; 1995) en el Barranco de Tinojay están representadas naves procedentes de diversos pueblos de la antigüedad como pueden ser barcos egipcios, cretenses, griegos, fenicios, púnicos, galeras romanas, cocas nórdicas o mediterráneas, carabelas y carracas, galeones, jabeques berberiscos, balandras y faluchos.

Estos grabados son considerados por algunos investigadores como un museo naval en piedra, ya que en el Barranco se aprecia la evolución de la navegación a través del tiempo, tanto de la de remo como a vela. Siguiendo a J.M. Amezcua, se localizan naves con remos de bogar, remos de gobernalle, velas cuadradas, trapezoidales, triangulares, cofas, espolones, palos mayores, mesanas, trinquetes, etc.

Algunas de estas manifestaciones rupestres son estimadas por los investigadores como coetáneas a la época aborigen, al menos desde las primeras expediciones a las Islas Canarias de barcos europeos en busca de esclavos, orchillas, etc., entre un período cronológico que abarca entre fines del siglo XIII y fines del siglo XV. Estos posibles contactos de los aborígenes con las poblaciones europeas y las posibilidades de comercio que abrían los barcos, pero también, la amenaza que imponían las razzias esclavistas, serian fenómenos que debemos sopesar si afectaron suficientemente como para inducirles a realizar en ocasiones estas representaciones, sin embargo, carecemos de cualquier dato para establecer una relación de causa-efecto entre los mismos (Gabriel Escribano Cobo, Alfredo Mederos Martín, Domingo Chinea. 45; 1997).

A partir del siglo XVI, y ya en época histórica para la isla, existió una progresiva renovación entre los tipos de barcos que más frecuentemente visitaban nuestras costas. Para esta época, los investigadores han apuntado varias hipótesis que podrían explicar la presencia de estos grabados relacionándolo con el tráfico marítimo en la zona como la posibilidad de aguadas en caletas, el aprovisionamiento marítimo en períodos de malas cosechas, el transporte de población a las islas, la emigración como símbolo de la esperanza de una vida mejor o la amenaza de ataques piráticos.

CRITERIOS DE DELIMITACIÓN DEL BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA BARRANCO DE TINOJAY Y LA DE SU ENTORNO DE PROTECCIÓN.

El hecho de que en el artículo 62.2.a) de la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, establezca que quedan declarados como Bienes de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica "todos los sitios, lugares, cuevas, abrigos o soportes que contengan manifestaciones rupestres", hace que el sitio donde se ubica el conjunto de Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay se defina, por ministerio de esta Ley como Bien de Interés Cultural.

Los criterios utilizados para la delimitación del Bien de Interés Cultural de la Zona Arqueológica Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay, están determinados por el sitio o lugar donde se inserta el conjunto de grabados. Este sitio constituye el elemento geomorfológico definido por el barranco, sobre cuyos márgenes formados por rocas basálticas se han realizado los grabados. Esta unidad de acogida, constituida esencialmente por el tramo del Barranco que contiene las tres estaciones de grabados rupestres, corresponden al Bien de Interés Cultural declarado con la categoría de Zona Arqueológica, según ministerio de la Ley.

En este sentido, el lugar del Barranco donde se ubican los grabados es el elemento definidor del conjunto, y el que adquiere un relevante protagonismo y entidad frente al resto del territorio.

La delimitación del Bien de Interés Cultural Zona Arqueológica Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay alcanza una superficie de 227.123 m2, siendo su perímetro de 2.060 m2. El trazado exacto del mismo está definido por las coordenadas UTM, cuya relación se adjunta.

A partir del perímetro establecido para el Bien de Interés Cultural, Zona Arqueológica Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay, se ha fijado la delimitación de su entorno de protección, tal y como establece el artículo 26 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, fijándose un entorno de protección de 100 metros, resultante de la aplicación del artículo 106 del Documento Normativo del Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (P.I.O.F), otorgándole al Bien de Interés Cultural un espacio suficiente que garantice adecuadamente su protección, para el que se ha tenido en cuenta, además, la elección del emplazamiento de los grabados y el estudio o apreciación de los valores culturales de los mismos.

La elección del emplazamiento de los grabados.

La zona donde se ubica el Barranco de Tinojay está formada por terrazas que descienden suavemente hasta el mar, cruzadas de oeste a este por barrancos como el del Cavadero y Tinojay. En la llanura abundan los pastos que proporcionan el abastecimiento necesario para el mantenimiento de cabras y ovejas, fuente principal de alimento en la época aborigen y también, aunque de forma secundaria, de las poblaciones que ocuparon la isla después de la conquista.

La continua ocupación humana de este espacio dedicada, probablemente, al cuidado de cabras y ovejas, hizo posible la observación directa de acontecimientos en el mar como las numerosas arribadas de barcos a la costa de la isla, cuyas imágenes quisieron perpetuar por medio de los grabados realizados en las rocas del Barranco de Tinojay.

En Fuerteventura se aprecia, principalmente en la costa oriental de la isla, la presencia de grabados con tipología naviforme. La facilidad para la práctica de la navegación, fue uno de los motivos que explicarían la afluencia de embarcaciones por esta parte. En general para representar estos grabados se eligieron lugares de gran visibilidad, bien puntos muy dominantes a nivel geográfico, caso de morros o montañas (como pueden ser Montaña Blanca de Arriba o la Atalaya de Pozo Negro, ambas en el término municipal de La Antigua) desde donde se aprecia mejor el tráfico marítimo y se pudo controlar la llegada de determinadas razzias esclavistas, o posteriormente ataques piráticos, o bien puntos menos destacados, pero que mantienen una buena visibilidad, caso de barrancos e interfluvios, cuyas desembocaduras fueron habitualmente utilizadas como lugares de aguada y desembarco (Gabriel Escribano Cobo, Alfredo Mederos Martín, Domingo Chinea. 39-53; 1997).

La costa donde está situada la desembocadura del Barranco de Tinojay cuenta con ensenadas aparte de alguna caleta, muy propicias para las embarcaciones de la antigüedad como Playa del Jablito y Playa de los Valdivias y son los primeros fondeaderos naturales de la costa noreste de la isla y lógicamente debieron ser los primeros accesos utilizados por los navegantes para tocar tierra majorera. Así lo atestiguan los múltiples grabados naviformes y algunos alfabéticos que se localizan en las rocas de los llanos, alturas y barrancos de la zona (J.M. Amezcua. 559; 1995).

Por todo ello, la delimitación como entorno de protección para los Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay, es la suficiente como para respetar el emplazamiento, singularidad y paisaje del lugar desde donde fueron creados los grabados.

La apreciación de los valores culturales de los grabados.

Para la apreciación de los valores culturales de los grabados se ha tenido en cuenta no sólo el paraje natural donde están insertos, sino también otros bienes culturales inherentes a los grabados como son las estructuras que conforman el poblado arqueo etnográfico situado en la estación nº 2. Existen cinco núcleos de estructuras repartidas entre ambos márgenes:

- El primer núcleo se encuentra en la margen derecha del Barranco, junto al cauce, formado por tres estructuras; dos circulares y una de tendencia rectangular.

- El segundo núcleo se localiza en el mismo lugar, pero encima de la pared del Barranco. Aquí se encuentran dos estructuras con abundante material arqueológico en superficie, destacando el malacológico y fragmentos de cerámica decorada perteneciente, según los investigadores, a la época aborigen. En una de las piedras que quedan de estas estructuras existe un grabado reticulado.

- El tercer núcleo, situado en la margen izquierda del Barranco y en su cauce se encuentran dos estructuras una, destrozada por pala mecánica y otra sólo presenta restos de una pared, en la que una de las piedras contiene un podomorfo.

- El cuarto núcleo se ubica en el cauce y a unos cuantos metros por encima de las estructuras mencionadas anteriormente. Está formado por tres estructuras de forma circular y de grandes dimensiones con fragmentos de cerámicas decorada en superficie.

- El quinto núcleo se sitúa a media ladera y en la parte alta del margen izquierdo del Barranco. Son varias estructuras; una estructura circular de pequeñas dimensiones con paredes anchas a semejanza de las estructuras abovedadas existentes en los poblados aborígenes de la isla, y otras dos anexionadas a la pared que delimita la Rosa de Tinojay, compuesta por una casa de planta de tendencia rectangular y un corral rectangular, ambos pertenecientes a la etapa etnográfica de la isla. Curiosamente en las piedras que forman las paredes existen grabados de barcos y reticulados.

Las paredes del Barranco están salpicadas por solapones y pequeñas cuevas como la denominada Cueva Encantada, en las que algunos autores han relacionado con lugares de enterramiento de los aborígenes de la isla.

El investigador J.M. Amezcua (559; 1995) describe estas estructuras como un poblado que se compone de cabañas circulares, cuevas habitación como la "Cueva Encantada" y corrales para la estabulación del ganado.

Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, la delimitación como entorno de protección para los Grabados Rupestres del Barranco de Tinojay declarados Bien de Interés Cultural por ministerio de la Ley, posee un espacio perimetral de protección que le permite, por un lado, la protección de las estaciones de grabados frente a posibles alteraciones que puedan repercutir negativamente en la adecuada conservación de los grabados rupestres; y, por otro lado, ese entorno de protección supone la salvaguarda de un espacio contiguo al propio Bien de Interés Cultural, susceptible de contar en el subsuelo con elementos vinculados a las estaciones de grabados, por lo que se garantiza un espacio adecuado para permitir finuras investigaciones arqueológicas que resultan convenientes en bienes culturales de la naturaleza del que nos ocupa, preservando, con ello, un espacio que nos permite comprender el significado de los grabados y la relación con su entorno más inmediato.

La delimitación de este entorno de protección está justificada, además, porque el perímetro definido cuenta con valores naturales de carácter paisajístico-ambiental, conservados a lo largo de los siglos y perceptibles a larga distancia, el cual acoge a los valores culturales formado por grabados rupestres y estructuras pertenecientes, según los investigadores, a la cultura aborigen y etnográfica de la isla. Este ámbito de protección constituye el espacio visual ambiental y cultural, inmediato al Bien de Interés Cultural, en el que cualquier intervención puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y del carácter que lo define.

Ver anexos - páginas 23511-23513



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