BOC - 2006/200. Viernes 13 de Octubre de 2006 - 3764

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de San Bartolomé (Lanzarote)

3764 - ANUNCIO de 4 de abril de 2006, relativo a la aprobación definitiva del Plan Parcial del sector nº 11 de Suelo Urbanizable Sectorizado no Ordenado.

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De conformidad a lo dispuesto en el artículo 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, se procede, una vez subsanadas las deficiencias advertidas, a la publicación del acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 21 de enero de 2005, por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial del sector nº 11 de Suelo Urbanizable Sectorizado no Ordenado, acuerdo plenario cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Primero.- Desestimar por extemporáneo el escrito de alegaciones de fecha 5 de febrero de 2004 y nº 1258 de registro de entrada, presentado por D. Aurelio Antonio Gallego Suárez en nombre y representación de la mercantil Yudaya, S.L.

Segundo.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial del sector de Suelo Apto para Urbanizar nº 11 (Suelo Urbanizable, sectorizado no ordenado, conforme a nueva terminología legal) sito en la zona industrial de Playa Honda, en los términos que obran en los planos y documentos correspondientes incorporados al expediente, salvo en lo que respecta al sistema de actuación, el cual de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, será uno de los de ejecución privada, por lo que las referencias al sistema de actuación por compensación se habrán de entender hechas a uno de los sistemas de ejecución privada.

La presente aprobación definitiva, al amparo de lo dispuesto en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido será a reserva de que se subsanen las deficiencias a continuación señaladas y supeditando su publicación al cumplimiento de esta obligación.

- A la modificación del plano 5-A al objeto de que se fijen las cotas de rasante de los viales.

- A que se presente un texto refundido de la normativa urbanística aprobada definitivamente.

Tercero.- Subsanadas las indicadas deficiencias e informadas favorablemente por los servicios técnicos y jurídicos, publíquese el citado y la normativa del citado Plan Parcial en el B.O.C. y B.O.P. y su normativa íntegra en este último boletín."

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrán interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente anuncio.

Así mismo contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa y el indicado Plan Parcial que aprueba, podrá interponerse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.1, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir de la publicación del presente anuncio.

San Bartolomé, a 4 de abril de 2006.- El Alcalde-Presidente, Miguel Martín Betancort.



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